Farmacity en lucha

Farmacity en lucha
Trabajadores de Farmacity

sábado, 29 de junio de 2013

No a la precarizacion laboral en farmacity!

A los compañeros de Logística Farmacity y a los trabjadores de farmacity en general:

Como podemos analizar y sacar conclusiones correctas de lo que está pasando en Farmacity sin vencer los límites de nuestro propio ámbito laboral. ¿Difícil no? Por estas fechas cumplimos un año de una lucha histórica de los trabajadores de Logística. Por medio de la movilización y la organización rechazamos una avanzada tercerizadora que pretendía precarizar al 60% de la planta. Esto no fue un acto individual de una empresa sino que se dá en un marco de crisis mayor. Ante esta situación, las patronales buscan seguir sosteniendo su tasa de ganancia a través de la precarización laboral de los trabajadores.



Dijimos en su momento que el paso histórico que dimos era solo una batalla ganada en un contexto general de ofensiva contra el salario y los puestos de trabajo, lo volvemos a confirmar. En este año transcurrido, después del conflicto, la empresa ha intentado modificar las relaciones laborales por medio de hechos cosméticos. Decimos hechos cosméticos porque una heladera o un LCD en el comedor no suplantan el desgaste físico que provoca en los compañeros reponer o pickear en una extensión de 300 mts ida y vuelta durante toda la jornada laboral o el riesgo de accidentes que provocan zorras obsoletas y deterioradas por el uso, etc. No pretendemos marcar (por lo menos acá) todas las instancias que significan un entorpecimiento en la operatorio ni todos los peligros a que se exponen a diario los compañeros pero sí hacer notar que estos movimientos que realiza la empresa en cuanto a horarios, ritmos de producción, malas liquidaciones por “errores”, faltas de responsables para reclamar estos olvidos, el deterioro de las máquinas y la ausencia de una buena planificación del trabajo busca crear las condiciones necesarias para renovar la plantilla de efectivos con el pretexto del mal desempeño en la logística.



Vemos como Farmacity se desvela por “intentar atrapar” a ladrones que potencialmente representa en cada uno de nosotros, como gasta en cámaras, controles, etc, pero reduce su presupuesto a la hora de contratar personal de seguridad con una cooperativa que paga salarios de hambre y flexibiliza al extremo la condición laboral de los trabajadores de seguridad. Hacemos notar a los compañeros el robo sistemático de nuestro salario por parte de Farmacity. En las “camperas” de la empresa se llevan parte de nuestro aguinaldo que ronda el 30% de lo que cobramos en mano. También en sus “mochilas” confiscatorias se llevan nuestras horas extras, domingos y feriados mal liquidados, se llevan porcentajes de vacaciones, horas nocturnas, ARTs, cargas sociales e indemnizaciones. No somos ajenos a la pata que falta en esta “mesa servida” que se nos presenta. Convivimos con un cuerpo de delegados elegidos de forma fraudulenta, disciplinada y obediente que sólo envalentona el avance de la empresa sobre el salario y la regimentación que se nos intenta imponer.



Llamamos a los compañeros a organizarse para reclamar mejores condiciones laborales y rechazar las “cifras en negros” que eluden aguinaldos, horas extras, accidentes de trabajo, jubilaciones, obras sociales, indemnizaciones, etc. Por un cuerpo de delegados clasista y combativo que no agache la cabeza frente a la crisis.  Por un cuerpo de delegados elegidos libremente por los trabajadores de Farmacity Logística. Abajo el impuesto al salario y los topes a las asignaciones familiares. Basta de tercerización y persecusión los que luchan. Por el pase a planta de todos los compañeros de Guía Laboral

miércoles, 26 de junio de 2013

A un año de una lucha histórica de los trabajadores de Logística Farmacity.

A un año de una lucha histórica de los trabajadores de Logística Farmacity.



Todavía resuenan los bombos y los cánticos sacados de los pelos en una esquina de la calle Alem aquella mañana fría de Junio del 2012. Los trabajadores de Farmacity fuimos empujados a una lucha que no planteamos de antemano. Llevados a un extremo de elegir entre salir a la calle o dejarnos tercerizar elegimos la primera. Duras jornadas entre el frío helado calentando nuestras gargantas y endureciendo nuestras esperanzas de luchar por la dignidad de un trabajador frente a la patronal. Con la suerte echada por parte de la empresa y un cuerpo de delegados que nunca nos apoyó (firmando incluso la tercerización) nos convertimos en un bloque compacto que brazo con brazo sostenía a los compañeros que empezaron a creer (de a poco y a los golpes) que esta la ganábamos todos juntos o firmábamos la precarización al estilo Guía Laboral.




Fueron 3 audiencias en la dependencia del Ministerio de Trabajo de la calle Callao (el primer corte lo hicimos en Alem) en donde 5 compañeros en representación de decenas que cantaban y se expresaban en la calle, expusieron y llevaron la decisión de la mayoría votada en asamblea: NO A LA TERCERIZACION. Fueron los propios protagonistas, las bases, quienes “decidieron”  no ser carne de picadero en la crisis nacional que las patronales quieren cargar a los trabajadores. Con la voluntad de defender su continuidad laboral (estabilidad), sus condiciones de trabajo y su dignidad, florecieron decenas de activistas y luchadores con conciencia de clase que pusieron un freno a la arbitrariedad presentada por la patronal y el cuerpo de delegados. Llamadas intimidatorias en los domicilios particulares, amenazas de despidos, negación de ropa “Farmacity” en plena época invernal (los que estaban en las “listas” se les negaba ese derecho), aprietes y acoso psicológico en las oficinas de recursos humanos, etc. Estos hechos no hicieron más que cosechar el espíritu de lucha que amanecía en muchos y que lo demostraron poniendo el pecho por ellos y por los compañeros que seguían en sus puestos de trabajo convencidos de las palabras “felices” del cuerpo de delegados.


Lo dijimos y lo repetimos: la lucha no termina porque fue solo un comienzo. Cada día es un día que hay que construir en la unidad, la organización y la solidaridad, dejar las necedades y los orgullos de lado para formar una verdadera masa compacta que haga pensar dos veces cualquier atropello que intente la patronal, como también, desalentar a cualquier agente que piense en  afectar los intereses de los trabajadores de Farmacity.
 La Agrupación Farmacity en Lucha saluda a todos los compañeros en este 1º aniversario de una lucha modelo para la clase obrera.




martes, 25 de junio de 2013

Fallo definitivo de Cámara por mobbing contra farmacity

Fallo definitivo de la Camara de Apelaciones del trabajo en contra de farmacity por hostigar y acosar a una trabajadora

Fallo completo:

D.D.A. c. Farmcity S.A. y otro s.accidente-acción civil (mobbing)


En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina reunidos en la Sala de Acuerdos los señores miembros integrantes de este Tribunal, a fin de considerar el recurso deducido contra la sentencia apelada, se procede a oír las opiniones de los presentes en el orden de sorteo practicado al efecto, resultando así la siguiente exposición de fundamentos y votación:

La Dra. Diana Cañal dijo: 

La demandada Farmcity SA, apela el fallo de primera instancia, en los términos del memorial de fs. 496/498. Asimismo, cuestiona los honorarios regulados a la representación letrada de la parte actora y de los peritos contador y psiquiatra, por considerarlos altos; mientras que estos últimos apelan los propios, por entenderlos bajos (fs. 495 y fs. 495-I/vta.).

Dicha demandada, se queja porque la Juzgadora hizo lugar al daño moral. Argumenta que de lo informado por la perito psiquiatra, surge que la actora no presenta ningún tipo de incapacidad.

Afirma que la Sra. Juez no valoró en forma adecuada la prueba producida en autos, y también sostiene que el monto fijado por daño moral es elevado.

Tengo en cuenta, en primer lugar, que la Sentenciante rechazó en lo principal la demandada por accidente, fundada en los arts. 1109, 1113 y concs del Código Civil, y que sólo hizo lugar al reclamo por daño moral, fijando por este concepto, la suma de $ 30.000.

En la demanda, a fs. 5/18 vta., se reclamó entre otras cosas, una indemnización por daño moral, denunciando un acoso psicológico, y violencia moral (mobbing) del gerente de una sucursal de Farmcity SA, Sr. Ariel V., quien los ejerciera sobre la actora, durante el transcurso de la relación laboral (en especial, fs. 9/17 vta.).

Llega firme a esta Alzada, que la accionante estuvo con licencia médica, que la empleadora notificó a aquélla que desde el 31.8.09 hasta el 31.8.10 regía el plazo del art.211 de la LCT por reserva del puesto, que a partir de la fecha del vencimiento del mismo, la demandada le otorgó a pedido de la trabajadora, que se tomara los 9 días que le quedaban de las vacaciones (fs. 186, fs. 203, fs. 209).

De lo informado por ALFA Medicina Integral SRL, a fs. 174/148, resulta que el 20.3.09 la reclamante sufrió un trastorno de ansiedad, que se la citó nuevamente al consultorio el 26.3.09, al que concurrió y donde se le recomendó una evaluación psicodiagnóstica.

El 1.4.09, le diagnosticaron síndrome depresivo y pánico. Durante el mes de mayo de 2009, siguió en tratamiento por el mismo motivo. El 12.8.09 se estableció que se encontraba en buena evolución, que se evaluaría el alta con jornada reducida, y el cambio de sucursal en la próxima evaluación, y se la citaba a consultorio para el día 8.9.09 (fs. 174).

Los testigos Pizzo, a fs. 221/224, Lucas, a fs. 237/240, y Llacer, a fs. 419/421, que declararon a propuesta de la parte actora, dan cuenta del mobbing sufrido por la reclamante en el transcurso de la relación laboral, por parte del gerente Sr. Ariel V. Tengo en cuenta que estos deponentes, resultan coincidentes ente sí y con lo expuesto por la reclamante en la demanda a fs. 9/13.

Concuerdan en que el Sr. V. hacía comentarios por detrás de la actora y delante de otros compañeros de ella, incluso les decía a los empleados que ingresaban a la empresa que tuvieran cuidado con la Sra. D. Manifiestan que V. era el que determinaba el horario de almuerzo de los empleados y observaron que a la accionante la hacían comer sola. Que era autoritario con la reclamante, que tenían una relación tensa, que le gritaba a la actora.

Asimismo, indicaron que aquella era cosmetóloga y asesoraba a los clientes y reponía los productos de cosmética. Que su desempeño en la empresa demandada era bueno y que era una buena compañera de todos.



Los deponentes dieron suficiente razón de sus dichos, y de ellos, solo Pizzo recibió impugnación de la parte demandada, en cuanto a su veracidad; pero la misma no logra desvirtuarlos, ya que allí se hace referencia a una situación personal de la testigo con el gerente V. Si bien tiene relación con características de la personalidad de este último, no se relacionan directamente con la actora, sino a la hermana de testigo, por lo que no entiendo necesario transcribir esa parte de la declaración. Lo demás expuesto por la accionada en cuanto a que la actitud de V. con la reclamante solo tenía relación con el vínculo jerárquico, no alcanza para desvirtuar la declaración testimonial (fs. 259/263, arts. 386 y 456 del CPCCN).

De los propuestos por la parte demandada (V. y M.), tengo en consideración que el propio Ariel V., a fs. 229/232, dijo que la accionante tenía ataques de llanto, que no recuerda cuáles eran los problemas, que era una chica muy inestable, etc. Concluyo que su declaración debe analizarse con mayor estrictez, ya que el testigo es parte interesada en el caso, pues fue el imputado del acoso y sus dichos seguramente están teñidos de cierta subjetividad.

El hecho de que Mansilla, a fs. 225/226, haya manifestado: "que no vio nada raro, ni fuera de lo común", no implica que no haya existido el acoso moral denunciado en la demanda, sino simplemente que él no lo percibió.

Asimismo, Rastelli, a fs. 241/243, también propuesto por la parte demandada, indicó que V. le comentó que la actora estaba teniendo problemas con algunos compañeros, que no era una compañera fácil, etc.; pero esto no resulta convincente, ya que los comentarios provienen del propio acusado del mobbing.

Si bien la perito psiquiatra, a fs.380/407, concluyó que al momento de la consulta, la actora no presentaba ningún trastorno psicopático de los codificados en el DSM-IV que le genere incapacidad, a excepción de un rasgo histriónico de personalidad, también explicó que dicho rasgo, junto con las conductas verbales agresivas del Sr. Ariel V. -conforme lo afirmado por los testigos Pizzo, Lucas y Llacer-, concurrieron concausalmente en la producción del trastorno adaptativo con ansiedad que sufriera entre 2007 y 2009 (conf. fs. 407).

Tengo en consideración, asimismo, que la accionante entró a trabajar en la demandada en agosto de 2003, y que egresó en septiembre de 2009, por lo cual el trastorno adaptativo que refiere la perito médica psiquiatra, se produjo durante el transcurso de la relación laboral.

Debo recordar que la finalidad del derecho del trabajo, consiste en procurar el respeto por la dignidad del hombre que trabaja, que facilite el ejercicio de su actividad, con respeto hacia su persona.

Sobre esta base, cabe reflexionar que el art. 14 bis de nuestra carta Magna prescribe expresamente que el trabajo en sus diversas formas, gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador, entre otros derechos, condiciones dignas y equitativas de labor. Las condiciones dignas se refieren tanto al ámbito en el que el trabajador se desempeña, como a las condiciones de seguridad y salubridad en la tarea.

Las normas internacionales, a su vez, proporcionan un catálogo de lo que el Estado debe exigir y controlar en los empleadores, a través del poder de policía. Es así que el derecho internacional del trabajo, surge con una doble finalidad: por un lado, tiende a regular la competencia tanto nacional como internacional, y por otro lado, procura salvaguardar la dignidad humana del trabajador.

Luego, en ese marco, cabe recordar que, como acoso en el lugar de trabajo hay que entender cualquier manifestación de una conducta abusiva y, especialmente, los comportamientos, palabras, actos, gestos y escritos que puedan atentar contra la personalidad, la dignidad o la integridad física o psíquica de cualquier individuo, o que puedan poner en peligro su empleo, o degradar el clima de trabajo (Hirigoyen, Marie France; El acoso moral. El maltrato psicológico en la vida cotidiana, Paidós, Barcelona, 1999, pág. 19).

Asimismo, Francisco Javier Abajo Olivares describe al mobbing descendente, "como la situación en la cual un individuo que se encuentra en una cierta situación de poder dentro de la escala jerárquica acosa a uno o varios individuos que se encuentran subordinados a él ("Mobbing" Acoso psicológico en el ámbito laboral, edit. Abeledo Perrot, 3ra. edición ampliada, pág. 21).

El mismo autor, con cita de Marie France Hirigoyen, explica que "esta situación es la más frecuente en el contexto actual, que da a entender a los trabajadores asalariados que deben estar preparados para aceptar cualquier cosa con tal de conservar su empleo. La empresa permite que un individuo dirija a sus subordinados de un modo tiránico o perverso, ya sea porque le conviene o porque no le parece importante. Pero las consecuencias para el subordinado, son muy gravosas" (autor citado, pág.21/22). En igual sentido, sentencia Nº 92694 del 24.8.11, en autos "Gómez, Laura Melisa c/ Limpiolux SA s/ accidente acción civil", del registro de esta Sala).

En este caso, de las pruebas producidas en autos, en especial de los relatos de los testigos que declararon a propuesta de la parte actora y de la historia clínica de la reclamante, surge configurado el mobbing del gerente V. hacia la actora, que -de conformidad con el dictamen- le produjo a ésta padecimientos de índole moral y espiritual.

Por lo cual, concluyo que resulta ajustada a derecho la decisión de la Sra. Juez que condenó a la empleadora a pagar a la actora, daño moral, ya que se basó en lo informado por ALFA Médica Medicina Integral SRL que la atendió, y en lo manifestado por los testigos Pizzo y Lucas, que son concordantes en sus dichos.

Asimismo, entiendo equitativo el monto de $ 30.000 fijado por tal concepto, en atención a todo lo expuesto precedentemente.

En consecuencia, propongo confirmar la sentencia apelada en este aspecto.

Propicio asimismo, imponer las costas de la alzada a la demandada Farmcity SA, vencida (art. 68 del CPCCN).

En atención al monto de condena, al mérito e importancia de las tareas realizadas por los profesionales intervinientes y lo dispuesto por los arts. 6,7,8,9,17,19,22,37,39 y concs. de la ley 21.839, art. 38 de la L.O., arts. 3,6 y con. del dec. ley 16638/57, ley 24.432 y demás leyes arancelarias vigentes, los honorarios regulados a favor de la representación letrada de la parte actora en la instancia anterior, resultan adecuados, por lo que propicio confirmarlos; mientras que los regulados a los peritos contador y psiquiatra son bajos, por lo que auspicio elevarlos al 7% y 7% respectivamente, del monto de condena comprensivo de capital e intereses, con más el impuesto al valor agregado.

Propongo regular los honorarios de los profesionales firmantes de fs. 498 y fs. 508, en 25% y 30% respectivamente, de lo que -en definitiva- les corresponda percibir por su actuación en la instancia anterior, con más el impuesto al valor agregado.

Respecto de la adición del Impuesto al Valor Agregado a los honorarios, esta Sala ha decidido en la sentencia N° 65.569 del 27.9.93, en autos "Quiroga, Rodolfo c/ Autolatina Argentina S.A. s/ accidente - ley 9688", que el impuesto al valor agregado es indirecto y por lo tanto grava el consumo y no la ganancia, por lo que debe calcularse su porcentaje que estará a cargo de quien debe retribuir la labor profesional. En el mismo sentido se ha pronunciado la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa "Compañía General de Combustibles S.A. s/ recurso de apelación" (C.181 XXIV del 16 de junio de 1993) sosteniendo "que no admitir que el importe del impuesto al valor agregado integre las costas del juicio -adicionárselo a los honorarios regulados- implicaría desnaturalizar la aplicación del referido tributo, pues la gabela incidiría directamente sobre la renta del profesional, en oposición al modo como el legislador concibió el funcionamiento del impuesto".

En definitiva y por lo que antecede, propongo: I.- Confirmar la sentencia apelada en lo principal que decide. II.- Confirmar los honorarios de la representación letrada de la parte actora. III.- Elevar los honorarios de los peritos contador y psiquiatra al 7% y 7% respectivamente, del monto de condena, comprensivo de capital e intereses, con más el impuesto al valor agregado. IV.- Imponer las costas de la alzada a la demandadas Farmcity SA, vencida. V.- Regular los honorarios de los profesionales firmantes de fs. 498 y fs. 508, en 25% y 30% respectivamente, de lo que -en definitiva- les corresponda percibir por sus trabajos en la instancia previa, con más el impuesto al valor agregado.

El Dr. Luis A. Catardo dijo: 

Por compartir sus fundamentos, adhiero al voto que antecede.

Por ello, el Tribunal RESUELVE: 

I.- Confirmar la sentencia apelada en lo principal que decide.

II.- Confirmar los honorarios de la representación letrada de la parte actora.

III.- Elevar los honorarios de los peritos contador y psiquiatra al 7% y 7% respectivamente, del monto de condena, comprensivo de capital e intereses, con más el impuesto al valor agregado.

IV.- Imponer las costas de la alzada a la demandadas Farmcity SA, vencida.

V.- Regular los honorarios de los profesionales firmantes de fs. 498 y fs. 508, en 25% y 30% respectivamente, de lo que -en definitiva- les corresponda percibir por sus trabajos en la instancia previa, con más el impuesto al valor agregado.

Regístrese, notifíquese y oportunamente devuélvase. 

Luis A. Catardo Diana Regina Cañal 

Juez de Cámara Juez de Cámara 

Ante mí: Leonardo G. Bloise 

Secretario 



Farmacity y una política sistemática: "el acoso laboral"

Farmacity y la política laboral: la justicia confirmó condena a la cadenera por “malos tratos” a una trabajadora.

Lee el Fallo completo (hace click aquí)

BUENOS AIRES, mayo 30: La justicia laboral confirmó la condena contra la cadenera, que deberá pagarle 30 mil pesos a una empleada, por padecimientos de índole moral y espiritual”, bajo la modalidad mobbing. La Cámara del Trabajo dejó firme la sentencia apelada en marzo del año pasado., para los jueces “correspondía indemnizar a la mujer por daño moral puesto que los testigos declarantes dan cuenta del mobbing”. 




El año pasado, la justicia laboral condenó a Farmacity a pagar una indemnización a una ex empleada, acusada de aplicarle “malos tratos”, bajo la modalidad denominada “mobbing”. La condena fue apelada por la cadena, pero esta semana la Cámara del Trabajo dejó firme la sentencia, y obligó a pagar la indemnización a la empleada. La condena se da en medio de una fuerte polémica por la política anti gremial de la firma, que generó varias protestas de sus empleados y la declaración del estado de “alerta y movilización” por parte de una agrupación sindical. 

La condena inicial se conoció en marzo del año pasado, y esta semana fue confirmada. Según la agencia ANDigital, la Sala III de la Cámara del Trabajo “confirmó una sentencia de grado que condenó a Farmacity al pago de una indemnización de 30 mil pesos (más intereses) por daño moral” contra una ex empleada, quien acusó a la cadenera de sufrir la modalidad de maltrato conocida como “mobbing” por parte del gerente de la sucursal en la que se desempeñaba

La Justicia Laboral dio por sentado los “padecimientos de índole moral y espiritual”. La condena en primera instancia en marzo de 2012, pero la empresa presentó un recurso de apelación a la demandada que fue rechazado. Es que el Tribunal de Apelaciones sostuvo que “correspondía indemnizar a la mujer por daño moral puesto que los testigos declarantes dan cuenta del mobbing sufrido por la reclamante en el transcurso de la relación laboral, por parte del gerente”, ya que “concuerdan en que esta persona hacía comentarios agraviantes por detrás de la actora y delante de otros compañeros de ella". 

Se informó que la decisión fue adoptada por los magistrados Diana Cañal y Luis Catardo, quienes también remarcaron... 

que “la declaración testimonial del gerente debe analizarse con mayor estrictez, ya que el testigo es parte interesada en el caso, pues fue el imputado del acoso y sus dichos seguramente están teñidos de cierta subjetividad”. 



Cabe recordar que la modalidad de maltrato mobbing (del verbo inglés to mob, con el significado antes aludido), es una forma de acoso laboral o acoso moral en el trabajo, y se aplica a las situaciones donde una persona es acusada de producir miedo, terror, desprecio o desánimo en el trabajador afectado hacia su trabajo. También se aplicaal efecto o la enfermedad que produce en el trabajador este miedo. 

El científico sueco Heinz Leymann investigó el fenómeno en la década de 1980, y fue quien utilizó por primera vez el término mobbing para referirse al problema. Otros autores destacados en el estudio del acoso moral y del mobbing son la francesa Marie-France Hirigoyen y el español Iñaki Piñuel y Zabala. Como sea, en la Argentina las condenas por esta modalidad crecieron mucho en los últimos años. 

Esta condena se da en medio de una nueva polémica entre la firma y sus empleados. A fines de abril, empleados de la cadenera se declararon en estado de “alerta y movilización”, por una serie de incumplimientos laborales en varias sucursales de la cadena en Capital Federal. Esta política, que vienen siendo denunciada desde hace muchos años por sectores gremiales, volvió a generar un conflicto en el seno de la empresa. En este caso, por la negativa de la cadenera de reconocer a los delegados elegidos por los trabajadores, que en algunos locales ya no pueden ni siquiera ocupar sus puestos laborales. Por esto, aseguran que “peligra la libertad sindical” en Farmacity.

Fuente: MiradaProfesional.com

Fuente: MiradaProfesional.com



Comunicado de la LISTA ROJO PUNZO

 Comunicado de la LISTA ROJO PUNZO


Despues que la Junta electoral elegida en asamblea en ADEF, resolvio que la Lista Rojo Punzo no cumplia con las pautas legales para presentarse en las elecciones 2013, estos apelaron la decision a la "Direccion de Asociaciones Sindicales" dependiente del Ministerio de Trabajo, el cual dictaminó que la lista ROJO PUNZO no cumplio con los requisitos formales para presentarse como LISTA en estas pasadas elecciones 2013 en ADEF.

El motivo? 

Aunque la Lista ROJO PUNZO fue conformada con 27 trabajadores de farmacia afiliados a ADEF con una antigüedad mínima de 2 años (requisito que fija el estatuto) esta departamental resolvió que la LISTA ROJO PUNZO, a través de la agrupación "NESTOR VIVE" no reunió las cantidades necesarias de avales (firmas de trabajadores que desean que se conforme una lista) que fija el Estatuto de Farmacia (3% del Padrón electoral).
De esta manera quedo impugnada.

Desde la agrupación dijeron "es una vergüenza  tanto miedo tenían de que haya otra Lista? Se ve que los que actualmente dirigen al sindicato no están haciendo muy bien las cosas. Sabían que la Lista Rojo Punzo les ganaba las elecciones a la Lista Blanca. Por eso hicieron todo los posible para que no nos podamos presentar. Recurrieron a todo tipo de artilugios y acciones de mala fe para lograr atornillarse al sillón; ni siquiera el padrón de afiliados tenían.  El único padrón que tenían era el de la obra social.  ¿Donde esta la democracia sindical si no dejan elegir a los compañeros quien quiere que los represente? Nos robaron la ilusión"... ya con resignación.




Igualmente lo mas importante es siempre la participación de los trabajadores en la vida institucional de los sindicatos y gremios, Por eso es muy importante la afiliación de los trabajadores a su sindicato.

Recorda que nunca es lo mismo ser o no afiliado al gremio. 

Afiliate!!!!

Comunicado oficial de la LISTA BLANCA


Impugnada: La lista Rojo Punzo no se presentará en estas elecciones.

La Lista Rojo Punzo quedo impugnada


Despues de tantas idas y venidas, Al final la Lista Rojo Punzo fue impugnada y no se podra presentar en estas elecciones 2013 en ADEF.

El dia martes 18 de junio de 2013 los trabajadores de farmacia tendrán solo una Lista para optar, La Lista Blanca (actual conduccion del gremio).

Más adelante se tratará de dar mas detalles del porque de la impugnación...

Más allá de todo, acercate a ADEF y sus delegaciones y 

participá con tu voto!




martes, 11 de junio de 2013

Lista Rojo Punzó:

La LISTA ROJO PUNZÓ nace como alternativa a Lista Blanca, siendo ésta la primera vez que disputará la conducción de A.D.E.F..
Por lo que no tenemos mucho más para decir, solo que en estas elecciones 2013, la LISTA ROJO PUNZÓ la encabezan Rodolfo Martínez,

Como nunca estuvieron al frente de ADEF no podemos dar más indicios que no sean sus propuestas que a continuación mencionamos:



- Por un sindicato dirigido por empleados de farmacia y no por abogados.

- Para terminar con 50 años de hegemonía de la Lista Blanca.

- Por un cambio de verdad en la conducción de ADEF, por un Sindicato para todos.

- El equilibrio justo entre juventud, experiencia y gestión.

- Honestidad, responsabilidad, compromiso, trabajo incansable y acción gremial para defender los intereses y derechos de nuestros afiliados.

- Para terminar con el acoso laboral y hostigamiento por parte de las patronales.

- Por verdaderos aumentos de salarios que recupere nuestro poder adquisitivo.

- Para brindar más y mejor salud a todos los afiliados.

- Por un turismo social para todos y no solo para privilegiados.

- Por la excelencia en los centros de Formación Profesional.

- Para que no te maltraten cuando vas a hacer una consulta gremial o por la Obra Social.


Votá LISTA ROJO PUNZÓ!!!

Vota por el cambio.


Para más información:


Tel.:    4743-8669
          11-3669-6482 / 11-6474-5428 / 11-5578-5477









Propuestas de la LISTA BLANCA

Lista Blanca:


La LISTA BLANCA nació en el año 1957, integrada por ese entonces entre otros militantes y trabajadores de farmacia, por Pepe Azcurra, Horacio Mujica, Jorge Di Pascuale y Alfredo Ferraresi, siendo estos sus máximos dirigentes. Hoy en día, estos dirigentes han desaparecido físicamente, pero han dejado un gran legado de lucha.
La LISTA BLANCA, en estas elecciones 2013, la encabezan Víctor Carricarte, Rubén Bezzato y Alfredo Ramírez.

Desde su creación, la LISTA BLANCA ha conducido al gremio hasta la actualidad, siendo solamente interrumpido en las intervenciones de los diferentes gobiernos de facto.

Llevan ya más de 50 años conduciendo A.D.E.F.



Propuesta de la LISTA BLANCA:

- Nuestros compañeros trabajan todos los días para que tu Sindicato crezca y brinde cada vez mas servicios y beneficios.

-La LISTA BLANCA no son otras que las personas que todos los días podes encontrar en ADEF, en las Delegaciones y en la Obra Social.

-En las Delegaciones brindamos todo tipo de asesoramiento a los compañeros.
-En la Obra Social garantizamos un servicio de excelencia.

-En el Centro de Formación Profesional capacitando a los compañeros para que puedan crecer en sus puestos de trabajo.

-En la Secretaria de Profesionales acompañando a los farmacéuticos.

-En la Secretaría de Turismo buscando el mejor lugar para vos.

-Los candidatos son los mismos delegados que te atienden personalmente para solucionar tus problemas.

-Peleamos paritarias para que tu sueldo se actualice y mejoren tus condiciones de trabajo.

-Este equipo pelea todos los días para que tu trabajo sea ese espacio de dignidad que te permite realizarte, crecer, pensar en el otro y soñar con un mundo mejor.


Votá LISTA BLANCA !!!

Hay equipo,
para continuar por este camino de grandeza y lucha.


Para mas información:



Tel.:    4941-8015 / 4743-1161 / 4627-7003 / 4245-7432








A quien preferis en estas elecciones en ADEF


A quien Preferís?

A quien preferís? Compartir, Comentar o Me gusta según tu preferencia.

Este martes 18 de junio de 2013 acércate a A.D.E.F para votar. Con la participación de los trabajadores de farmacia, ganamos todos!!!!!

Mas allá del resultado electoral lo mas importante es tu participación.





viernes, 7 de junio de 2013

Elecciones junio de 2013 en A.D.E.F.

Elecciones en la Asociación de Empleados De Farmacia (A.D.E.F.) 

18 de Junio 2013

En el horario de 8 a 20 hs.


El martes 18 de junio de 2013 se celebraran elecciones - en todas las delegaciones- en la Asociación de Empleados de Farmacia (A.D.E.F.) para la renovación de los cargos dirigenciales gremiales. Tu participación como trabajador de farmacia es muy importante. Acá es donde podes expresar a través de tu voto, la aceptación o disconformidad con la actual dirigencia sindical de los trabajadores de farmacia. (La Lista Blanca - Oficialismo).
Mas adelante informaremos si habrá o no otra lista gremial para que puedas elegir (talves asome la Lista Rojo Punzó - Oposición)


No dejes que te manipulen. Vota informado y a conciencia.





Cuando y en que horarios se puede votar:

1- El martes 18 de junio de 2013

2- En el horario de 8 a 20 hs.


Quienes pueden votar:

1- Todos los trabajadores y/o empleados de farmacia de todas las Categorías.


Requisitos para poder votar:

1- Estar afiliado al Sindicato A.D.E.F.

2- Tener como mínimo 6 meses de antigüedad en la afiliación al sindicato A.D.E.F. ,tomando en cuenta la fecha de votación. (No hace falta poseer la Obra social O.S.A.D.E.F., solo la afiliación al sindicato)

3- Presentar DNI.
Para evitar inconveniente en lo posible acercarse con el carnet de la obra social O.S.A.D.E.F. (para aquellos que lo tienen), el carnet de afiliación a A.D.E.F. y/o el recibo de sueldo.


Donde se puede votar:

Sede central :

* Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

Rincón 1044


O en las distintas delegaciones que posee A.D.E.F.:


* San Isidro - Zona norte del Gran Buenos:

Rivadavia 229


* Lomas de Zamora - Zona sur del Gran Buenos Aires:

Castelli 269


* Morón - Zona oeste del Gran Buenos Aires:

Salta 332




En estas elecciones...


El que decide sos vos!

Cadete, Cajero, Administrativo, Repositor, Perfumería,  Cosmetologa, Limpieza, Empleado de mostrador de farmacia, Auxiliar, Farmacéutico...

Acércate y participá!!!!!