Farmacity en lucha

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Trabajadores de Farmacity

lunes, 30 de julio de 2012

Nuevo taller: Impuesto a las ganancias. 1º de agosto de 2012 a las 19 hs. Rincón 1035.


Nuevo taller: 

Impuesto a las ganancias




Te invitamos a concurrir el miércoles 1° de agosto a un nuevo foro de debate que, en esta oportunidad, abordará sobre el impuesto a las ganancias: una problemática que alcanza a gran parte de los empleados de farmacia.

Cada 15 días se reúne el Foro de Adef para profundizar acerca de diversos temas de incumbencia profesional en lo laboral.

Tal como informáramos, existen maneras de que el empleado pueda descontar conceptos a fin de reducir el importe a abonar.

Para conocerlos invitamos a todos los empleados de farmacia al próximo taller que se realizará el 1 de agosto a las 19 hs. en la sede central ubicada en Rincón 1035.

Participará del foro el Contador Adolfo Auñón para brindar información y responder todas preguntas que surjan.

Como es habitual, el encuentro contará con la presencia de las principales autoridades de ADEF que darán el espacio necesario para que los presentes expresen sus dudas sobre otros temas puntuales.

¡Los esperamos!

Alfredo Ferraresi
Secretario general

Víctor Carricarte
Secretario Gral. Adjunto

Hemilce Arias
Secretaria de Profesionales Farmacéuticos


ADEF | SECRETARÍA DE PROFESIONALES FARMACÉUTICOS
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4941-5500 | farmaceuticosadef@hotmail.com

Nuevo Horario de Atención al Profesional: de Lunes a Jueves de 16 a 19.30 hs.

Impuesto a las ganancias: Lo que hay que saber

Comunicado ADEF:

Impuesto a las ganancias: Lo que hay que saber







Más allá de las idas, vueltas y reclamos que giran en torno a este tema, es importante saber que el empleado de farmacia puede liquidar gastos que le permiten pagar un importe menor por el impuesto a las ganancias.



El alto nivel de recuperación salarial que vienen percibiendo los empleados de farmacias hace que muchos de ellos deban abonar el impuesto a las ganancias.
Sin embargo, el empleado puede descontar conceptos que le permiten reducir el importe a abonar. Para ello, debe completar el formulario F572 de la AFIP (que adjuntamos al pie de la presente) y presentarlo por duplicado, con letra clara e imprenta; en el área de recursos humanos de la farmacia en la que se desempeña.


Todos los trabajadores y en especial los que se hayan casado o hayan tenido hijos tienen que completar ese formulario.







En él deben declararse los gastos que el trabajador eroga habitualmente y sirven para ser descontados. Ellos son:

CARGAS DE FAMILIA:
En el formulario F572 mencionado debe consignarse el conyuge, hijos u otras personas que el trabajador pudiera tener a su cargo, ya que se reconoce un monto por conyuge, por cada hijo, y por otras cargas, tales como hijastros, nietos, bisnietos, hermanos, yernos y nueras (menores de 24 años o incapacitados para el trabajo) o bien padre, madre, abuelos, bisabuelos, padrastro, madrastra y suegros.

COBERTURA MÉDICA:
Si el trabajador paga cuota de medicina prepaga, debe declararlo en el formulario mencionado e imputarlo como una deducción. En este caso debe declararse el gasto del empleado y también el de las personas que pudiera tener bajo como cargas de familia.

HONORARIOS DE MÉDICOS:
Puede deducirse hasta el 40% de las facturas por honorarios de tipo médico, sanitarios o paramédicos propios o que abonen personas que se encuentren discriminadas en sus cargas familiares. Los servicios más comunes son:
  • Honorarios de bioquímicos, fonoaudiólogos, kinesiólogos, odontólogos, psicólogos.
  • Gastos en servicios médicos prestados en todas las especialidades
  • Gastos de internación en clínicas y prestaciones accesorias derivadas (como material descartable)
  • Honorarios de enfermeros o técnicos auxiliares varios de la medicina

INTERESES DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS:
Los intereses de créditos hipotecarios obtenidos a partir de 2001 y estén destinados a la compra o construcción de una vivienda para uso particular se pueden deducir.

SEGUROS DE VIDA
Si el empleado de farmacia paga un seguro de vida puede deducirse un importe de la prima de la póliza contratada.

PERSONAL DOMÉSTICO:
Si el trabajador contrata personal doméstico (mucamas, jardineros, etc.) puede deducir los aportes patronales que realiza por seguridad social.

SEPELIOS:
Los gastos de sepelio del titular del impuesto o de alguna de las personas a su cargo pueden deducirse. En este caso hay que guardar las facturas erogadas por este servicio.

DONACIONES:
Todas las donaciones realizadas al Estado nacional, provincial o municipal; e instituciones religiosas, asociaciones sin fines de lucro, fundaciones, etc. pueden deducirse del impuesto a las ganancias, con un tope del 5%.





Ante cualquier duda, no dejes de comunicarte con ADEF
4941-3897 / 8015 / 5386


Alfredo Ferraresi 
Secretario general
Víctor Carricarte 
Secretario Gral. Adjunto



La ley de la silla, la incoherencia y la "obediencia debida".

Después de 100 años de sancionada la “ley de la silla”, farmacity se niega a proveer asientos a sus trabajadores.


La ley de la silla, la incoherencia y la "obediencia debida".



Y después que… pañales para adultos marca Farmacity para que el personal no vaya al baño?


Con una actitud que escapa a todo lo imaginado, esta empresa se rehúsa a entregar y proveer sillas a los empleados tanto en líneas de cajas como en el sector farmacia pisoteando todas las leyes que tutelan el trabajo, las condiciones laborales y la dignidad del trabajador.
La “ley de la silla” fue promulgada en el año 1935 pero tiene su origen en el proyecto de Alfredo Palacios trasformado en ley en 1907 –esta misma derogada en el año 1924- pero con la diferencia que esta ultima solo estaba destinada a proteger las condiciones laborales de las mujeres y menores.







Esta ley dice lo siguiente:

 Artículo 1º) Todo local de trabajo en establecimientos industriales y comerciales de la Capital Federal, provincias y territorios nacionales, deberá estar provisto de asientos con respaldo en número suficiente para el uso de cada persona ocupada en los mismos.

 Artículo 2º) El personal de dichos establecimientos tendrá derecho a ocupar su asiento en los intervalos de descanso, así como durante el trabajo si la naturaleza del mismo no lo impide.



No se entiende como se pone en tela de juicio, ya en el siglo XXI, los que nuestros legisladores –entre ellos Alfredo Palacios- sancionaron con fuerza de ley hace mas de 100 años, la norma que obliga a los empleadores a proveer sillas con respaldo a los trabajadores.
Esto es una cuestión tan básica que cuesta creer el pensamiento arcaico de los responsables de la decisión; ni siquiera tendríamos que remontarnos a la legislación, solo el sentido común, la coherencia y un poco de humanismo debería prevalecer en estos asuntos.
A pesar de estar vigente la Ley nº 12.205/35 (más conocida como la “ley de la silla”) la misma es infinitamente infringida en numerosos locales lo que confiere un atentado contra nuestros derechos y la dignidad humana. La “ley de la silla” tiene una finalidad que solo podría desconocer un espíritu frívolo, egoísta e individualista ya que en su seno persigue el mejoramiento de la salud de los trabajadores.


Con respecto a este tema, mencionamos las consecuencias –probadas- de no cumplir con la normativa.

Los estudios afirman lo siguiente:

1)       La permanencia de pie durante muchas horas determina trastornos orgánicos.
2)       Afirma las enfermedades del bajo vientre, sobre todo de la matriz.
3)       Favorece el riesgo de aborto.
4)       Produce perturbaciones en la circulación.
5)       Trae como consecuencia debilidad, fatiga y anemia.
6)       El estado congestivo de los órganos abdominales (al están tantas horas parados), obra principalmente sobre el útero, ocasionando desviaciones de consecuencias deplorables.
7)       Esta estación vertical prolongada hace que el aflujo de la sangre a los miembros inferiores traiga como consecuencias enfermedades como las várices y flebitis.
8)       La extensa jornada laboral, los ritmos de trabajos y las deplorables condiciones laborales, influyen sobre el rendimiento de los trabajadores que decae estrepitosamente y la fatiga llega hasta la extenuación, por eso hay que fomentar medidas para evitar estas consecuencias.


Seguramente muchos jóvenes no se dan cuenta que atentan contra su propia salud al no hacer uso y goce de su derecho, pero seguramente, a raíz de lo expuesto anteriormente, el tiempo les pasará su factura.
Aunque parezca actualmente algo obvio y ajeno a toda discusión que los trabajadores sean provistos de asientos con respaldo en cantidad suficiente para cada uno de ellos, la realidad nos dice que muchos empleadores se niegan a cumplirla, con una complicidad inexplicable de los responsables de los establecimientos, punto que queremos explayarnos.




No solamente responsabilizamos a los diferentes departamentos de farmacity que tomaron esta absurda determinación, sino también a parte del nivel jerárquico de las sucursales que interponiendo y excusándose en RR.HH ejecuta con total complacencia y conciencia sus políticas de persecución y degradación de nuestros derechos.

Terminemos con la hipocresía de la “obediencia debida” y que se hagan cargo de su parte como cómplices de estas y otras medidas. Toda persona que, conciente de sus actos, realiza una acción indebida y mal intencionada, es culpable por ello, mas allá de quien haya dado las ordenes. Está en la decisión personal de estas personas en ejecutarlas o no. Y por lo tanto son tan responsables los “autores intelectuales” como los “autores materiales”.

Subestiman nuestra capacidad de entendimiento incentivando la discordia entre compañeros, divisiones absurdas como “salón” y “farmacia” y fogoneando un mal clima laboral, utilizando los diferentes medios de comunicación interna para mal informar y distorsionar los sucesos del local.

Que quede claro que este informativo no se debe solo por al tema de las sillas sino también a otros acontecimientos que vienen denunciando los trabajadores (presión para ir a trabajar los feriados, para que no se tomen las licencias por enfermedad u otra similar, no respetar las 12 horas de descanso entre cada jornada, quite de francos a los empleados, llamadas desubicadas en los día de francos con planteos absurdos, etc., etc., etc.)

Para dejar más claro nuestro mensaje, nos apropiaremos en esta ocasión de una frase de Mahatma Gandhi:




“Cuando una ley es injusta lo correcto es desobedecer”. Lo cual nosotros agregaríamos...
“porque si no, se es cómplice también”.

Todos estos obstáculos no hacen más que acrecentar nuestra unidad y solidaridad entre los compañeros, y la más firme decisión de hacer respetar nuestros legítimos derechos.

Lamentamos que el nivel jerárquico se deje utilizar como marionetas y títeres de sus superiores, pero eso no justifica sus acciones. Creemos en el progreso personal de los trabajadores, que se puede “hacer carrera”, ascender a cargos más altos en la empresa sin ser verdugos de los empleados, que son, en definitiva, sus compañeros. Llamamos a la reflexión sobre sus actitudes esperanzados en un pronto cambio a través de la conciencia.

Por eso hacemos hincapié en la formación y capacitación de los trabajadores, ya que la falta de conocimiento y conciencia no nos permite valorar y defender estos grandes logros en materia laboral, y en el hecho concreto, muchas veces pasar por alto la ausencia de sillas o en caso de tener una, no utilizarla por prejuicios que tratan de imponer los encargados, como vagancia, falta de compromiso, etc.

A fin de acabar con estas injusticias seguimos en plena conversaciones apelando a la razón de los responsables de estas decisiones. Una vez más utilizamos el dialogo como método de resolución de conflictos. Esperamos que esto alcance, obrando de nuestra parte, con las mejores intenciones y buena fe.


Asientos ya para todos los trabajadores,

Incluyendo al personal de seguridad!!!