Farmacity en lucha

Farmacity en lucha
Trabajadores de Farmacity

lunes, 28 de diciembre de 2009

Legado de Jorge Di Pascuale

Jorge Di Pascuale



Comentario homenaje:


Mas alla de su obigada desaparicion fisica por una dictadura inescrupulosa;
Mas alla de que estemos hoy velando sus restos recordando su intachable vocacion de lucha revolucionaria,
Mas alla de las intenciones de los que siempre detentaron el poder oprimiendo el sentimiento obrero han querido callar con su muerte;
Mas alla de cualquier idolatría hacia su obrar inmemorable;
Estamos aquí presente no solo para recordar su persona, sino tambien para continuar una linea de pensamiento revolucionario coherente, humilde y solidario que tuvo como principal objetivo llevar a lo mas alto la dignidad de los trabajadores, a traves de la conciencia de clase para arrebatarles a las clases dominantes opresoras del pueblo laburante lo que es del pueblo:
condiciones de vida humanas y dignas y justicia social, no solo para los trabajadores de farmacia sino tambien para toda la clase obrera.
Es lo que hoy, con lágrimas en los ojos, nos lleva a estar presente en este acto histórico y conmovedor velatorio y que permanecerá en el imaginario colectivo por siempre y se transmitira hacia las futuras generaciones.
Esta es la mejor forma de homenajearlo, continuando su lucha sin importar ideologías y sin importar las lineas divisorias imaginarias que tratan de imponernos el imperialismo y sus cómplices.

Por la revolución obrera y socialistas y para que no se traicione este hermoso ideal que traspasa fronteras.

Su figura siempre presente en cada lucha obrera y aqui en el mundo.

Gracias Jorge! HLVS

miércoles, 23 de diciembre de 2009

Velatorio y despedida fisica a Jorge Di Pascuale

Acto Conmemorativo a

Jorge Di Pascuale


Máximo exponente de la doctrina revolucionaria y cristiana pregonada por el Gremio de Farmacia


Lunes 28 de diciembre a las 15.00 hs.

Rincón 1044, (Capital Federal) en ADEF

martes, 1 de diciembre de 2009

Asamblea Anual Ordinaria

Asociación de Empleados de Farmacia


Jueves 26 de noviembre de 2009


Asamblea Anual Ordinaria




a las 20.00 hs en la sede central de Adef sita en Rincón 1044, Capital Federal


Podra asistir y participar cualquier trabajador/a presentando su respectivo carnet sindical de Adef.

jueves, 24 de septiembre de 2009

Representantes legales de Trabajadores

En materia laboral;

Representantes legales del

Cuerpo de Empleados de Farmacity




DRA. María Alicia Calvinho

DRA. Adriana Legris


Dirección: Libertad 174 Piso 2 º Depto. 4

Telefono: 4372-5545

Horario de atención: Martes, Miercoles y Viernes de 15 a 19 hs.

Los trabajadores tambien pueden consultar, asesorarse y ser representados ante cualquier eventualidad laboral, acercandose al estudio jurídico arriba mencionado.

sábado, 22 de agosto de 2009

Horarios de descansos en Farmacity

Nuevos horarios de descanso.


Se comunica a los trabajadores de Farmacity que a partir del día 12 de agosto de 2009, los horarios de descanso son los siguientes:

1 - Los Hombres tendran 45 minutos de descanso (conservan el tiempo acordado) y

2 - Las Mujeres tendran 1 hora de descanso (aumentado el mismo en 15 minutos en consideración con la situación anterior).

A la vez se informa, para evitar interpretaciones ambiguas, vagas y/o erróneas, que estos horarios de descanso no pueden ser inferiores a lo redactado anteriormente, dejando en claro que bajo ningun concepto son "Opcionales" (por cierto, término que utilizaron de forma abstracta y malintencionado), como la Mesa Patronal de las sucursales están intentando convencer a los empleados para que renuncien a sus derechos y a una nueva conquista de los trabajadores.


Rechazamos cualquier acción de presión y persuasión para no aplicar lo acordado con la empresa y ponemos al descubierto la intención del nivel jerárquico de desarticular la organización de los trabajadores.

Los Derechos son irrenunciables!

Juan Pablo Juárez,
Delegado del local
Once de Farmacity

jueves, 13 de agosto de 2009

Acuerdo Paritaria Julio de 2009

ACTA ACUERDO paritaria JULIO 2009


Entre la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE FARMACIA, en adelante denominada "ADEF", por una parte y en representación de los Empleados, con Personería Gremial otorgada por Resolución Número 000142 de fecha 20/09/1954, Inscripta en el registro respectivo bajo el número 000265 con carácter de entidad gremial de Primer Grado, con domicilio legal en la calle Rincón 1044, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Secretario General, Sr. Alfredo Luis Ferraresi, LE 4.352.931; El Secretario General Adjunto , el Dr. Fermín Víctor Carricarte, DNI. 17.031.654, el Secretario Gremial y Acción Social, Dr. Rubén Antonio Bezzato DNI. 12.225.311, y la Dra.. Hemilce Rosa Arias, DNI. 4.734.782 y por la otra, en representación de los empleadores, la CAMARA ARGENTINA DE FARMACIAS (CAF), representada por su presidente el Sr. Rodolfo Barrero DNI. 7.672.141 y el Director Ejecutivo Sr. Marcelo Kassabchi DNI 12.976.615, con domicilio en Rivadavia 1615 1 º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la CAMARA DE FARMACIAS BONAERENSE (CAFABO), representada por su Presidente Sr. Julio Álvarez de DNI. 4.523.769, con domicilio en 25 de Mayo 624, Partido de Morón, pcia. de Buenos Aires, la Asociación de propietarios DE FARMACIAS ARGENTINAS (ASOFAR), representada por su presidente el Sr. Alfredo Di Salvo, DNI 10.621.744 y el Director Ejecutivo Sr. Dan Carlos Alonso DNI 6.230.733, con domicilio en Rivadavia 954 3 º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; El presidente de la CAMARA DE FARMACIAS DE LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (CAFASUR), Sr. Gustavo Enrique Benedetto DNI 11.885.801, con domicilio en Rivadavia 159 Local 22 Partido de Quilmes, pcia. de Buenos Aires, el Secretario Adjunto de la Asociación de Farmacias mutuales Y SINDICALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, Sr. Carlos Luís Nemesio DNI 7.364.025, Conjuntamente con Osvaldo Alberto Zétola DNI 13.630.147 en su carácter de Vocal Titular, con domicilio en la calle Doblas 1356, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante "LOS EMPLEADORES".
Abierto el acto y luego de intensas tratativas, las partes en conjunto ACUERDAN:


PRIMERA:
Convenir una recomposición salarial no remunerativa con vigencia a partir del 1 º de Junio de 2009, independientemente de su homologación sobre las escalas vigentes al mes de Abril de 2009 establecidos en el art. 12 del Convenio Colectivo de Trabajo 414/05 los que se implementarán según se indica para cada una de las categorías, a saber:

Inicial A-----------------------------------la suma de $ 262 .
Inicial B --------------------------- ------La Suma de $ 280 .-
Cajero, Perfumería y Administrativo----La Suma de $ 290,35 .-
Empleado de Farmacia La Suma de ---------------- --$ 300 .-
Empleado Especializado de Farmacia la suma de - -----$ 357 .-
Farmacéutico La Suma de --------------------------- $ 470 .-


SEGUNDA:
La presente recomposición salarial se abonará conforme al siguiente cronograma: --
a) Las sumas no remunerativas de las categorías detalladas en el Artículo 1 º de la presente Acta Acuerdo correspondiente al mes de Junio de 2009, las que se abonaran de acuerdo a las posibilidades y siguientes, a saber:
1 - En una única cuota pagadera hasta el 31 de Agosto inclusive, o
2 - Podra abonarse en tres cuotas iguales, ser canceladas que deberan conjuntamente con los haberes de Julio, Agosto y Septiembre de 2009, no excediéndose esta ultima cuota de la fecha del 15 de Octubre de 2009 inclusive.
b) Las sumas no remunerativas de las categorías detalladas en el Artículo 1 º de la presente Acta Acuerdo siendo estas no acumulativas, se abonaran en los meses de Julio - Agosto - Septiembre - Octubre - Noviembre y Diciembre de 2009 inclusive.
c) En el mes de diciembre de 2009 se procederá una ajustar la escala salarial conforme al artículo 22 º del Convenio Colectivo de Trabajo 414/2005, a efectos de mantener las diferencias porcentuales entre las categorías establecidas en el mismo, según Anexo I que se acompaña como parte integrante de la presente acta acuerdo.
Estas sumas tendrá carácter de no remunerativo, a saber:

Inicial A la suma de-------------------------------- ---$ 65,87 .- -
Inicial B ---------------------------- -----La Suma de $ 90,31 .-
Cajero, Perfumería y Administrativo la suma de - ----$ 51,87 .-
Empleado de Farmacia La Suma de ----------------- $ 108,92 .-
Empleado Especializado de Farmacia la suma de --- --$ 74,50 .-
Farmacéutico La Suma de --------------------------- $ 141,87 .-


d) En los meses de Enero y Febrero de 2010 se abonará la sumatoria de los puntos b) y c) para cada una de las categorías, las que tendran carácter de no remunerativas. Estos importes pasaran a conformar el salario básico en el mes de Marzo de 2010.


TERCERA:
I) Las partes acuerdan que por el período Julio 2009 a Febrero 2010 se abonará una suma fija de carácter no remunerativa a la categoría laboral de Director Técnico Farmacéutico - Artículo 18 º inciso b) - Doscientos Veintiséis pesos ($ 226 .-) cuya finalidad consiste en equiparar su adicional por ese periodo ya que los mismos son de carácter de "Asignación no remunerativa", el que quedará a efectos para conformar los salarios básicos en el mes de Marzo de 2010.
II) Las partes acuerdan que por el período Julio 2009 a Febrero 2010 se abonará una suma fija de carácter no remunerativa a la categoría laboral de Auxiliar Farmacéutico - Artículo 18 º incisos c) yd) - de pesos ciento cuarenta y ocho ($ 148 .- ) cuya finalidad consiste en equiparar su adicional por ese periodo ya que los mismos son de carácter de "Asignación no remunerativa", el que quedará a efectos para conformar los salarios básicos en el mes de Marzo de 2010.


CUARTA:
El presente acuerdo comprende el período 1 º de Junio de 2009 al 31 de Marzo de 2010, las sumas no remunerativas acordadas correspondientemente debieran consignarse en el recibo como "Acta Acuerdo Julio de 2009.


QUINTA:

El presente incremento solo podra ser absorbido hasta su concurrencia por aquellas empresas que hubieren otorgado incrementos salariales a cuenta de Futuros Aumentos, desde mayo de 2009 hasta la firma del presente acuerdo.


SEXTA:

APORTE EXTRAORDINARIO EMPRESARIAL: Tomando en consideración que la Asociación de Empleados de Farmacia (ADEF) cuenta con el "Centro de Formación Profesional N º 26", aprobado por la Resolución N º 2542/91 del Consejo Nacional de Educación Técnica por la cuál los trabajadores del gremio Farmacéutico mantienen un convenio educativo que brinda la posibilidad de desarrollar la formación profesional y técnica de los trabajadores, en beneficio de las necesidades de la empresa farmacéutica, quien en la actualidad requiere de personal idoneo
capacitado en materia de la realización de tareas básicas como efectores primarios de salud.
Para este fin, los empleadores efectuarán un "Aporte Empresario Extraordinario" por única vez por todos los trabajadores afiliados o no, - comprendidos en el CCT 414/05-que integren la nómina de mes al personal de la liquidación consistente en una suma fija de ciento cincuenta pesos ($ 150 .-) por trabajador.
Esta suma se abonará en seis (6) cuotas de pesos veinticinco ($ 25 .-) cada una, en los meses de Agosto - Septiembre - Octubre y Noviembre de 2009, Enero y Febrero de 2010. Estableciéndose que esta obligación no debera abonarse en el mes de Diciembre de 2009
Todo excedente debera ser destinado a Accion Social.
Estas sumas deberan ser depositadas a la orden de la Asociación de Empleados de Farmacia (ADEF), denominada "Aporte Empresarial Extraordinario" a través de la boleta de depósito de ADEF correspondiente a la cuenta N º 6830 / 1 del Banco de la Provincia de Buenos Aires conjuntamente con la cuota Sindical


SEPTIMA:

Las partes acuerdan expresamente que todas las sumas no remunerativas convenidas en la presente acta devengarán el aporte establecido en el art. 46 del CCT 414/05, un través de la boleta de deposito de ADEF correspondiente a la cuenta N º 6830 / 1, del Banco de la Provincia de Buenos Aires.


En prueba de conformidad, se suscriben 9 ejemplares de un mismo efecto y tenor, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 30 días del mes de Julio de 2009.




Hacer clic en la imagen para imprimir.

martes, 4 de agosto de 2009

Elecciones 2009 en Adef

Elecciones 2009 ADEF

Renovación de cargos sindicales en la Asociación de Empleados de Farmacia


Sábado 8 de Agosto de 2009

El horario de votación sera de 8 a 18 hs en la calle Rincón 1044, Capital Federal
(Sede Central)

Podra votar todo trabajador afiliado a ADEF, presentando su credencial correspondiente.



miércoles, 22 de julio de 2009

Diario El Argentino: "Aumento desmedido de precios en Farmacity"

Diario El Argentino 2 de Julio de 2009

La cadena aumentó los barbijos un 200 por ciento

Con el avance de la Gripe A en todo el territorio del país, algunas cadenas comerciales monopólicas-es tal el caso de Farmacity- aumentaron el alcohol en gel y los barbijos de forma escandalosa en los últimos días. Según un relevamiento realizado por este diario, algunos productos tuvieron un aumento de alrededor del 200 por ciento. De cara a la fuerte demanda de medicación y antigripal, teniendo en cuenta las recomendaciones del ministro de salud, Juan Manzur, quien pidio ayer paciencia y prudencia a la población, al tiempo que recomendo extremar las medidas de higiene personales en el hogar, resulta por demás llamativo que una cadena comercial dedicada a vender medicamentos y articulos de perfumería adopte un criterio especulador frente a la pandemia de Gripe A (H1N1).

martes, 21 de julio de 2009

Yahoo News: "Manifestaciones para aumentos de salarios"

Nota publicada en Yahoo News 16 de julio de 2009

En plena crisis sanitaria, trabajadores de farmacias paralizan la atención al público

Los propietarios de Farmacias de la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano bonaerense, agrupados en cinco Cámaras Representativas del sector, denunciaron hoy que en medio de la crisis sanitaria, personal de farmacia estan llevando a cabo medidas de fuerza que afectan y suspenden la atención al público .
"Las farmacias de Capital Federal y Gran Buenos Aires están sufriendo medidas de fuerza de parte de su personal que afectan y hasta suspenden de forma parcial la atención al público debido a las acciones adoptadas por la Asociación de Empleados de Farmacias (ADEF), en reclamo de una recomposición salarial ", remarcaron las cámaras una través de un comunicado. A-8848

lunes, 20 de julio de 2009

Diario el Argentino: "Monopolio de Farmacity"

Diario El Argentino 18 de Junio de 2009

Medicamentos: monopolio y precios altos

Farmacity, la cadena de medicamentos y productos de perfumería, dicta las reglas de mercado y perjuidica el bolsillo de los consumidores.


Un relevamiento que El Argentino realizó en los últimos diez días, mostro que en cuanto a los medicamentos y productos de perfumería, la diferencia de precios que existe en las cadenas de comercialización que operan en Capital es notable. Farmacity es una de las principales firmas dentro del rubro, con 86 sucursales distribuidas en la ciudad. Casi todos los barrios de Capital Federal cuentan con un local de Farmacity, sin embargo no siempre la cercanía significa que el precio final, favorece a los consumidores. Un rápido análisis de medicamentos de venta masiva como antialérgicos, expectorantes y pastillas para la garganta-productos esenciales en el botiquín de cualquier hogar, muestra una amplia disparidad de precios. Mientras que en Farmacity el antialérgico marca Alermuc cuesta $ 6, en la Cadena P + P, los diez comprimidos cuestan $5,80 ; las diferencias tambien se sienten en los jarabes. Los 250 ml de Cedric en P + P salen $ 15,20, y en la mayor empresa del pais en el rubro, Farmacity, cuestan $ 1,70 más -en el mismo medicamento, en caramelos por 10 unidades, la disparidad es menor , $ 1,10 -. Es decir, la mega cadena Farmacity monopoliza los espacios de expendio y de esta manera maneja el mercado a su antojo. Monopolio. Pero no sólo en productos de farmacia se nota el poder del gigante farmacéutico. La pasta dental, las máquinas de afeitar descartables y preservativos, por qué no, tambien registran una diferencias a tomar en cuenta por el consumidor. Por caso, las góndolas de Farmacity ofrecen dentífrico marca Kolynos por 90 g. a $3,40, mientras que en otra de las cadenas fuertes del mercado, Vantage, se puede conseguir a $ 3,30. Las máquinas de afeitar marca Match 3 Turbo por dos sale $ 18.60, Mientras que en el circuito de Perfumerías Kolbo, por el mismo producto el comprador abona sólo $ 15,90. Y en tiempos de estrecheces, el bolsillo se resiente hasta en las más ínfimas diferencias, como es el caso de los preservativos, en donde se nota el alto margen de ganancias que consigue Farmacity, la caja de condones marca Prime están a la venta en $ 5,50, pero el consumidor que este dispuesto a caminar unas cuadras, comprobará que se pueden conseguir por $1,40 menos en las farmacias de P + P. Lo cierto es que los precios relevados por este medio son apenas una muestra del abuso de la concentración del mercado que Farmacity, a través de su amplia cadena comercial, ejerce sobre los consumidores.

Nota de MiradaProfesional sobre condiciones laborales en Farmacity

Informe Publicado en MiradaProfesional.com y El Colegio de Farmacéuticos de la Pcia.. DE BS AS. Lanus filial (ColFarmaLanus.com.ar)
Miércoles 8 de julio de 2009

Farmacity y las condiciones laborales de sus empleados

Desde hace un tiempo la cadena viene siendo denunciada por incumplir con condiciones dignas de trabajo. Otra cara más del peligro de la propagación de su estilo de atención y el peligro de pauperizar las condiciones de trabajo. El ejemplo de lucha de los delegados de la sucursal Once es una situacion a imitar. Pocos ejemplos en la Argentina posterior a la década del ´90 muestran como la semilla del libre mercado salvaje, que pone la ganancia y el lucro por sobre todos los valores, prendió en muchos sectores. El de la cadena Farmacity es tal vez el más contundente, porque impone esta condición o premura económica por sobre la misma salud de la población, lo que la hace doblemente peligrosa. Con su intento de desembarco en Mendoza o la apertura de un local en Mar del Plata, la Cadena del grupo Pegasus avanza con sigilio sobre el modelo sanitarista que impera, por ahora, en el ámbito bonaerense. No hablaremos de los peligros que esto conlleva en esta oportunidad, querido lector, ya que hemos expresado con anterioridad, nuestra preocupación. Sólo recordaremos que, en medio de la crisis sanitaria producto de la gripe A, la cadena fue acusada de aumentar indiscriminadamente sus precios, con el único sentido del lucro y la ganancia. Pero hay un aspecto que el avance de esta idea tan anglosajona de farmacia (farmacia y su estilo) que muchas veces queda oculta: las condiciones laborales que impone a sus empleados y farmacéuticos. Desde hace tiempo, existen varias denuncias de pauperización de las condiciones laborales, sobre todo en Capital Federal. Hace poco menos de un mes, en el local del barrio porteño de Once se eligio delegado, para tratar de frenar una serie de abusos que van desde el pago por fuera del convenio de la Asociación de Empleados de Farmacia (ADEF) hasta el pago de horas extras. La lucha de los empleados es una señal de alerta para el resto, y una forma de ver cómo entienden en la cadenera las relaciones laborales. En un blog creado para difundir los reclamos (http://farmacity-en-lucha.blogspot.com/), Juan Pablo Juárez repasa los pedidos: "Respetar terminantemente la jornada laboral de 45 horas semanales, debiendo abonar las horas restantes al 50 o 100 por ciento según correspondan, abonar a todos los empleados los feriados nacionales y los establecidos por la ley, abonar a todos los empleados de la empresa las horas nocturnas que realizare, durante el horario de 21 horas hasta las 6 horas del día siguiente ". Estos, son algunos de los abusos que vienen sufriendo los empleados. Además, piden carteleras sindicales, detalle de las remuneraciones e items "a cuenta de Futuros Aumentos", y un fondo compensador por fallo de caja, entre otros pedidos. Juárez, recientemente elegido por ADEF, explica en el blog la creación de una comisión interna y la elección de delegados responde a la idea de "terminar con más de 10 años de políticas hegemónicas empresariales en contra de los trabajadores de Farmacity". Una vez electo, escribió "Dejamos en claro que todos nuestros esfuerzos estarán direccionados en este sentido y esperamos que esto sea un claro ejemplo a imitar por las restantes sucursales de la compañía, para la cual pondremos nuestra capacidad y dedicación para que así sea" . Si algo deja claro esta lucha de los empleados, es que existen sobradas pruebas de que la llegada de Farmacity traerá muchos problemas al sector. Las malas condiciones laborales repercutirán en condiciones deficitarias de atención, alimentando el círculo vicioso donde el sistema sanitario se deteriora cada vez mas, y la atención sanitaria es una mera ilusión. Los conflictos entre los empleados y la cadena se remontan a 2007, cuando un grupo resistió los despidos que se realizaron en la sucursal Almagro. En aquella oportunidad, hubo denuncias de agresiones y una marcha de apoyo a los empleados, que contó con la participación entre otras agrupaciones de la Federación Universitaria de Buenos Aires (FUBA). No es casual que estudiantes se pongan al frente del reclamo, ya que la empresa emplea muchos jóvenes por debajo del convenio colectivo de trabajo. En aquella oportunidad, los empleados afirmaron que Farmacity "no paga las horas extras, la nocturnidad e incluso hace trabajar de 12 a 15 horas, incluidos los domingos". Cuando todavía se está definiendo el desembarco de la cadena a la provincia de Mendoza (la ley local prohibe su instalación, pero el lobby económico y las presiones sobre el sector independiente mantienen la situación indefinida) y su llegada a Buenos Aires (en Mar del Plata , a través del sistema de franquicias, adquirió un local ubicado en la esquina de Hipólito Irigoyen y Alberti, que promedia los 200 metros cuadrados, sorteando las restricciones impuestas por la ley 10.606), es bueno recodar y recorrer estos ejemplos, para saber los problemas que traerá destruir la red de Farmacias Independientes de la Argentina. Una frase puede sintetizar el sentimiento de estas líneas: "Una injusticia hecha al individuo es una amenaza hecha a toda la sociedad". La frase, dicha por Charles de Montesquieu es un llamado de advertencia para que prestemos atención. Sino, un día despertaremos y la injusticia, convertida en costumbre, estará sobre nosotros.
Escrito por Néstor Caprov

Se agradece la atención y el tiempo dedicado en este informe el cual refleja la condiciones sociolaborales imperantes en Farmacity, para que todos tomemos un poco de conciencia y podamos cambiar esta triste realidad.

Concientizacion para elegir delegados

Juan Pablo Juárez
Nuevo Delegado de Farmacity
(Sucursal Once (17); Pueyrredón 539)



Juan Pablo Juárez –Asistente de local- ha sido elegido por los compañeros del local once (17) como delegado de Farmacity, y se suma al actual cuerpo de delegados de la misma empresa,
integrado por Pablo Papuzynski (Local Bustamante), Oscar Tortorolo (Local Pueyrredón), Daniel Gutiérrez (Local Castro Barros),Franca Napodeno (Local Boedo) y Mariano Coppola (Local Soler). Luego de dos años de ardua lucha que incluyó despidos discriminatorios, medidas de fuerzas en los locales y reincorporaciones a Farmacity, se lograron obtener elecciones libres y democráticas que favorecen la democracia sindical, pilares fundamentales para la libre asociación y organización de los trabajadores. Los objetivos estarán orientados, además de hacer cumplir con las convenciones colectivas y leyes laborales, en que las restantes sucursales de Farmacity (ya que aprox., el 90% de ellas carece de representación gremial) logren imitar lo sucedido el pasado 1º de junio en el local de Once: las elecciones a delegado de personal; para de esta manera, desde una posición legal y con fortaleza, puedan hacer valer los derechos socio-laborales de sus compañeros (Ej., cambios de horarios y locales arbitrarios, horas extras no retribuidas, horas nocturnas, abusos de autoridad, etc, etc, etc....) y evitar cualquier abuso del nivel jerárquico y la patronal, tal como se aplicó y logró en los locales que poseen delegados gremiales (jornadas laborales para asistentes y auxiliares de 8 horas diarias, terminamos con el armado y desarmado de la “oferta” y controlar el “deposito” fuera del horario de trabajo, cierres de cajas tardíos, etc.)
Como los reclamos se canalizarían por medio del delegado gremial, se evitaría exponer a los demás compañeros a situaciones adversas y desiguales, ya que el mismo delegado en representación de todos los trabajadores de la sucursal, defendería los intereses colectivos de los empleados, ya que goza de ciertos funciones y protecciones especiales que se conllevan con el cargo (delegado gremial), como por ejemplo (ley 23551 de asociaciones sindicales):

1- Inmunidad gremial o fueros gremiales: esto es que quien ejerza dicha representación, no podrá ser despedido, suspendido sin justa causa ni modificarle sus condiciones de trabajo (Ej.: horarios y lugar de trabajo). Conserva la estabilidad laboral
(Nota: con la sola postulación a delegado se goza de la inmunidad gremial)


2- Supervisar la aplicación de las normas legales y convencionales, pudiendo participar de las inspecciones emanadas del Ministerio de Trabajo o dependencias.

3- Reunirse periódicamente con los empleadores o representantes de los mismos y reclamar distintos incumplimientos y problemas de los trabajadores.


4- Para desarrollar todas las actividades gremiales necesarias para la promoción y protección de los derechos de los trabajadores de farmacia, se le conceden al delegado 40 horas mensuales tomadas por mes calendario retribuidas por la empresa, es decir, que en lugar de presentarse en su puesto de trabajo en el local, realiza funciones relacionadas con lo mencionado anteriormente.


5- La capacitación para el delegado gremial estará a cargo de Adef.


Los requisitos para ser delegado son muy simples:


1-Estar afiliados a Adef (Asociación de Empleados de Farmacia) con una antigüedad mínima de 1 (un) año de afiliación. Si todavía no sos ni sabes si estas afiliado, acercate a Rincón 1044 o llamanos, que en un minuto te entregamos tu carnet de afiliación.

2- Ser mayor de 18 años.



Comunícate con nosotros y te asesoramos integralmente de manera gratuita (en una reunión anónima, no hace falta que nos digas tu nombre o local) para hacer efectiva tu postulación a delegado y tengas esa posibilidad para defender los intereses de los trabajadores y de tus compañeros. Recibirás todo el asesoramiento legal necesario y el apoyo de trabajadores.


Si estas cansado de que aplasten tus derechos y el de tus compañeros ...

Sumate!!!!



Juan Pablo Juárez - Local Once, Pueyrredón 539


Mail: cuerpo_de_empleados@yahoo.com.ar
Tel.:: 15-5829-0348 / 15-5124-6118
Pagina: http://www.farmacity-en-lucha.blogspot.com/

Tus derechos: Parte 1

Tus Derechos

1. Retroactivo de 2 (dos) años por derechos incumplidos.

Todo trabajador que se haya visto PERJUDICADO POR PRACTICAS DESLEALES de parte de la patronal (Ej.: horas nocturnas impagas o pagadas deficientemente, adicionales de todo tipo calculados sobre el salario básico sin tomar en cuenta la antigüedad, horas extras no retribuidas, compensaciones con el items “a cuenta de futuros aumentos” por traspasos de categorías, antigüedad, adicionales, etc, feriados calculados incorrectamente, periodo de descanso de la mujer trabajadora de media hora impagas durante años, etc) podrá reclamar, instancia judicial de por medio, el RETRACTIVO DE 2 (AÑOS) de todos estos derechos incumplidos, conservando su puesto de trabajo tal como lo hicieron, por ejemplo, los trabajadores de la Policía Federal Argentina, y a partir de ese momento en adelante, obtener que se liquide correctamente en tu recibo de sueldo todos estos derechos lo que significara aumentar de manera real el poder adquisitivo del trabajador y terminar con tantos años de injusticias y apropiación ilegitima del salario del empleado para de esta manera devolverle al trabajador una REPARACIÓN HISTORICA PENDIENTE.
Todo aquel que desee realizar este proceso, se puede sumar a la demanda iniciada por Juan Pablo Juárez y que comenzó con el intercambio de cartas documentos con Farmcity S.A. o realizarla junto con la Asociación en la demanda colectiva que se encuentra en proceso. Se darán los detalles oportunamente.


2. Sanciones (apercibimientos y suspensiones)

Las sanciones, ya sean apercibimientos o suspensiones, NUNCA DEBEN FIRMARSE EN EL LOCAL; el empleador debe notificar fehacientemente al domicilio del trabajador, mediante telegrama, los motivos de la sanción.
Una vez que el empleado toma conocimiento por este medio de la sanción, tendrá 30 dias para hacer su descargo y refutar la misma, lo que le permitirá suprimirla o dejarla sin efecto.


3. Feriados

Los dias feriados SON OPTATIVOS para el trabajador, es decir, quien no quiera trabajarlo, se puede tomar el día.
Para calcular el valor de un día feriado, se debe sumar el sueldo bruto (se toma solo los items remunerativos) y dividirlo por 25, lo que dará el importe de un día feriado trabajado.




4. Certificados por ausencia laboral (enfermedad, dias de examen, mudanza, donación de sangre, etc.)

Todo trabajador que por razones de enfermedad (personal o familiar), dias de examen, mudanza, nacimiento u otra licencia permitida no haya concurrido a su lugar de trabajo, debe presentar el certificado correspondiente y tendrá el derecho de exigir al responsable o representante de la empresa o local, que FIRME Y SELLE UNA COPIA de la constancia (que quedara en poder del empleado) presentada al empleador o responsable (el certificado original quedara en manos de este ultimo).


5. Descanso semanal

BAJO NINGUN CONCEPTO es atribución del empleador disponer del franco semanal del trabajador y quitárselo para luego entregárselo la semana entrante.


6. Periodo de descanso entre cada jornada laboral

Entre cada jornada laboral debe haber un periodo de DESCANSO NO MENOR A 12 (DOCE) HORAS. Ej.: el empleado trabaja el día lunes de 14 a 22 hs, este no puede volver a realizar tareas sino después de 12 horas (tendría que regresar al trabajo luego de las 10 de la mañana del día siguiente).


7. Cambios de horarios y lugar de trabajo.

Todo trabajador perjudicado material o moralmente por cambios en las modalidades de trabajo (cambio de horarios, lugar o condiciones de trabajo) podrá exigir el REESTABLECIMIENTO DE LAS CONDICIONES ALTERADAS, las cuales el empleador deberá respetar.


8. Fallo de caja (Pago Fácil).

Todo cajero que registre un faltante en su caja de Pago Fácil, NO SE LE PODRÁ DESCONTAR, bajo ningún concepto, suma de dinero alguna.
Las sanciones solo serán aplicables en aquellos casos que el monto del faltante supere el 10% del salario básico

viernes, 19 de junio de 2009

Cuestiones pendientes en Farmacity

Temas a resolver en Farmacity


1. Carteleras sindicales:

Carteleras sindicales en todos los locales de Farmacity, independientemente que esos establecimientos se encuentren o no con representantes gremiales, según el art. 44 del Convenio Colectivo de Trabajo nº 414/05 (en adelante CCT nº 414/05) que expresa:
“Los empleadores instalaran en un lugar visible al personal, un tablero o pizarrón donde se colocaran las circulares, partes o avisos del Sindicato y/o comisiones internas de Representantes Gremiales del personal”
Actualmente las sucursales carecen de carteleras sindicales para información a los trabajadores.

2. Detalle de las remuneraciones e items “a cuenta de futuros aumentos:”

Discriminar claramente los distintos adicionales, sueldos básicos, horas extras, horas nocturnas, antigüedad, etc., en los recibos de haberes de los trabajadores, según el art. 11 del CCT nº 414/05 que expresa:
“Todo pago que deba efectuarse al trabajador por cualquier concepto deberá constar en los recibos de sueldos conforme se prevee en la legislación vigente, discriminando claramente las sumas correspondientes a básicos, escalafón, adicionales, horas suplementarias, nocturnas y todo otro concepto que devengue. Asimismo deberán consignarse claramente los importes correspondientes a deducciones y la suma neta a percibir por el trabajador. El empleador deberá entregar copia del recibo de haberes debidamente firmado por el o persona autorizada”.
Se reclama que los adicionales denominados “a cuenta de futuros aumentos” no absorba y/o compense los diferentes adicionales del CCT, horas extras, días feriados, horas nocturnas, antigüedad, traspasos de categorías, etc, como sucede actualmente, y todo aquel trabajador que se haya visto perjudicado por esta practica, se pide retrotraer dicha acción a su situación anterior (favorable al trabajador).
A continuación se transcribe el art. 22 del CCT nº 414/05 (Diferencias entre categorías):
“Cuando se dispongan incrementos de sueldos generales, por acuerdos firmados por las partes signatarias de están Convención Colectiva de Trabajo, homologados o no, o por disposiciones legales, deberá mantenerse la diferencia porcentual existentes entre los sueldos básicos para cada categoría conforme a la Escala Salarial Básica del presente y respetarse las exclusiones pactadas en el párrafo final del articulo nº 18 del presente CCT. En el caso de incrementos de monto fijo para todas las categorías, al efecto del párrafo anterior, se agregaran a los importes las cantidades necesarias que permitan mantener dicha diferencia.
En el casa que el trabajador perciba un salario básico superior al determinado para su categoría en la Escala Salarial Básica del presente CCT y se dispusiere un incremento por decreto y/o ley, este podrá ser compensado hasta su concurrencia con su salario básico, cuando así lo establezcan las normas mencionadas.
En el caso que el trabajador perciba el salario básico determinado para su categoría mas un adiciona a cuenta de futuros aumentos, este adicional podrá absorber el aumento de la suma dispuesta mediante decreto o ley cuando así lo establezcan las normas mencionadas”

3. Fondo compensador por fallo de caja:

El fondo compensador por fallo de caja solo debe estar destinado a cubrir faltantes que pueda producirse en la caja del trabajador, no así, sobrantes de la misma, según el art. 19 del CCT nº 414/05 que expresa:
“El personal que cumpla tareas de cajero percibirá un adicional equivalente al diez por ciento (10%) de su sueldo básico, que será destinado a cubrir el total de los faltantes que pudiera producirse en el desempeño de la tarea. Solamente lo que sea efectivamente percibido por el trabajador tendrá carácter salarial y a su vez, la suma compensada no tendrá carácter remuneratorio”.
Actualmente sucede que se utiliza el fallo compensador de caja para cubrir sobrantes en las mismas.
Además se pide que todo empleado que maneje dinero dentro de la sucursales, (ya sea en atención al publico como aquellas personas que facilite la dinámica en las líneas de cajas),sea en forma permanente o no, reciba el fondo compensador mencionado anteriormente.

4. Venta de mercaderías:

Vender a todos los empleados de la farmacia los medicamentos y artículos a precio de costo de compra a droguería; además a todos aquellos trabajadores que estén afiliados a la Asociación de Empleados de Farmacia (ADEF) y presenten su credencial correspondiente o ultimo recibo de haberes que acredite esa condición, se le debe otorgar un descuento adicional (además del ya mencionado) del 5% en el precio de costo de compra a droguería de los medicamentos bajo receta; según lo expresa el art. 39 del CCT nº 414/05 que dice:
“Los empleadores están obligados a vender a sus empleados los artículos y medicamentos que para su uso personal y el de sus familiares directos a cargo necesitare, debiendo cobrárselos al precio de costo de compra a droguería.
Todos los trabajadores de farmacia, previa presentación de la credencial de la asociación de empleados de Farmacia (ADEF) o ultimo recibo de sueldo, que acredite tal condición tendrá derecho a gozar de un descuento equivalente al establecido en la lista de Laboratorio en la columna “Precio a Farmacia” mas una bonificación adicional del cinco por ciento (5%), en el precio de los medicamentos bajo receta en cualquier otra farmacia que se halle de turno y/o aquellos establecimientos denominados “Farmacia de turno Voluntario”. Este beneficio será aplicable como derecho del trabajador en todas las jurisdicciones establecidas en el art. 3º del presente CCT, en modo especial en los casos en que el trabajador se hallase por cualquier causa en otras localidades fuera de su lugar de residencia”
Actualmente el trabajador abona por los medicamentos bajo receta el 70% de su valor venta al publico (es decir que el descuento en medicamentos bajo receta que realiza Farmacity a sus empleados es del 30% cuando el descuento debería ser mayor al 33% según el caso), no siendo este el precio de costo de droguería, ni se aplica el descuento adicional del 5% a los afiliados a ADEF. Además los artículos que no pertenecen al rubro medicamentos bajo receta, el trabajador solo recibe un descuento del 15 %, cuando la diferencia del precio de costo y precio de venta de esos artículos es considerablemente mayor que el porcentaje mencionado.

5. Horas extras:

Respetar estrictamente la jornada laboral de 45 horas semanales, debiendo abonar las restantes horas al 50% o 100% según correspondan (horas extras), sin importar la cantidad de horas y/o el fraccionamientos de estas; según el art. 23 del CCT nº 414/05 que expresa:
“El empleador abonara al trabajador que preste servicios en horas suplementarias (horas extras), medie o no autorización del organismo respectivo o competente, el importe resultante de la aplicación del articulo 201 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT)”.
A continuación se transcribe el art. 201 de la LCT que dice:
“El empleador deberá abonar al trabajador que preste servicios en horas suplementarias, medie o no autorización del organismo administrativo competente, un recargo del cincuenta por ciento (50%) calculado sobre el salario habitual, si se tratare de dias comunes, y del ciento por ciento (100%) en días sábado después de las trece (13) horas, domingos y feriados”.
Actualmente la jornada laboral supera dicha cifra, por cierres de cajas tardíos, cambio de precios de los productos de las ofertas mensuales, políticas erróneas del nivel jerárquico, etc., y no se retribuye las mismas como horas extraordinarias.

6. Dias feriados:

Abonar a todos los empleados, los feriados nacionales y los establecidos en el CCT nº 414/05 (art. 41) según corresponda; es decir, dividiendo por 25 el sueldo bruto del trabajador (items remunerativos); así lo expresan los artículos 169 y 155 de la LCT que dicen:
Art. 169: “para determinar las remuneraciones” (por día feriado trabajado) “ se tomara como base de su calculo lo dispuesto en el articulo 155 (...)”
Art. 155: “(...) tratándose de trabajos remunerados con sueldo mensual, dividiendo por veinticinco (25) el importe del sueldo que perciba en el momento de su otorgamiento”.
Actualmente se le abona a todos los trabajadores por igual, un plus salarial por día feriado de 50 (cincuenta) pesos.

7. Horas nocturnas:

Abonar a todos los empleados de la empresa las horas nocturnas que realizare, durante el horario de 21 hs. hasta las 6 horas del día siguiente, al 100% tomándose como base de computo su sueldo básico mas todos los adicionales que perciba el trabajador. Además respetar la jornada laboral nocturna de 7 horas diarias o 42 horas semanales; así lo expresan los art. 16 y 17 del CCT nº 414/05 y el art. 200 de la LCT:
Art. 16: “La jornada laboral nocturna no podrá exceder de siete (7) horas diarias o cuarenta y dos (42) horas semanales. El horario nocturno comenzara a las veintiuna (21) horas y finalizara a las seis (6) del día siguiente. No podrá emplearse en trabajo nocturno a los menores de uno u otro sexo”
Art. 17: “Servicio de horario nocturno extendido: es aquel periodo durante el cual el empleador, previa autorización de la autoridad de aplicación en materia de Salud Publica, decide mantener la farmacia abierta mas allá de las veintiuna (21) horas. El personal que cumpla prestaciones después del horario mencionado, percibirá el adicional determinado para el servicio nocturno voluntario
Servicio de turno nocturno voluntario: es aquel periodo durante el cual el empleador decide mantener la farmacia abierta durante las 24 horas, previa autorización de la autoridad de aplicación en materia de salud publica y que se verifica entre las veintiuna (21) horas y las seis (6) horas del día siguiente. El personal que cumpla prestaciones durante un servicio nocturno voluntario devengara un recargo del 100% sobre su sueldo básico, mas los adicionales que por aplicación de las normas laborales vigentes pudieren corresponder. El personal que cumpla horario mixto, es decir, parte de una jornada en horario diurno y parte en horario nocturno, percibirá e adicional del cien por ciento (100%) establecido en el presente articulo por las horas trabajadas en dicho horario nocturno (...).Las farmacias que trabajaren durante las veinticuatro (24) horas, los trescientos sesenta y cinco (365) dias del año se encontraran dentro de lo que se denomina en este articulo Servicio nocturno voluntario”
Art. 200: “La jornada de trabajo íntegramente nocturna no podrá exceder de siete (7) horas , entendiéndose por tal la que se cumpla entre la hora veintiuna de un día y la horas seis del siguiente”
Actualmente se abona aproximadamente, dos (2) pesos por cada hora nocturna trabajada a partir de las veintiuna (21) horas, excepto a los Asistentes de Local que ni siquiera se le abona la suma mencionada anteriormente. También se hace el reclamo oportuno para aquellas personas que desarrollan su jornada laboral por completo en el horario nocturno y no perciben el 100% de su sueldo básico y adicionales, y que además no se le respeta la jornada laboral de 7 hs o 42 horas semanales

8. Adicionales (pago competo):

Abonar a todo el personal todos los adicionales, según corresponda, tomando en cuenta el salario básico mas los escalafones por antigüedad, si así lo mencionare las normas y artículos que lo amparan, entre ellas se encuentran las siguientes:
Adicional Farmacéuticos, por dirección técnica con bloqueo de titulo, por auxiliar de farmacia, por titulo, adicional del cajero, por tareas administrativas y de perfumería, etc., según el art. 18 inc. del CCT nº 414/05 que expresan:
Art. 18: adicionales:
a) Farmacéuticos: “Todo persona que posea titulo de Farmacéutico (...) percibirá un adicional equivalente al cincuenta y ocho por ciento (58%) calculado sobre su salario básico de la categoría inicial “A” (...), mas escalafón por antigüedad (...)”
b) Adicional por dirección técnica con bloqueo de titulo: “Todo Farmacéutico que ejerza la dirección técnica de la farmacia percibirá en concepto de “Bloqueo por ejercicio de la dirección técnica” un adicional equivalente al ochenta y ocho por ciento (88%), calculado sobre su salario básico de la categoría inicial “A” (...). Asimismo, percibirá como complemento de este adicional el diez por ciento (10%), calculado sobre su salario básico de la categoría Farmacéutico (...) mas escalafón por antigüedad (...).
c) Adicional auxiliar de farmacia: “1-Todo personal encuadrado en el art. 7º del presente CCT con mas de 2dos (2) años de antigüedad en la misma farmacia y que además posea, exhiba y acredite el titulo de auxiliar de farmacia otorgado por el centro de formación profesional nro. 26 de ADEF (...), percibirá un adicional equivalente al veinte por ciento (20%) del salario básico de su categoría mas escalafón por antigüedad. 2- Todo personal encuadrado en el art. 8º del presente CCT y que además posea, exhiba y acredite el titulo de auxiliar de Farmacia otorgado por l centro de Formación profesional nº 26 de ADEF (...) percibirá un adicional equivalente al veinte por ciento (20%) de su salario básico mas escalafón por antigüedad. 3- Todo personal que acredite las asignaturas completas correspondientes al segundo (2º) año en la carrera de farmacia, en facultades dependientes de la Universidad Nacional y además acredite dos (2) años de experiencia en algún establecimiento farmacéutico alcanzado en el art. 3º del presente CCT, percibirá un adicional equivalente al veinte por ciento (20%) del salario básico de su categoría mas escalafón por antigüedad (...)”.
d) Adicional por titulo: “Todo personal que posea titulo secundario en niveles de bachiller, perito mercantil o técnico químico, percibirán un adicional equivalente al diez por ciento (10%) de su sueldo básico mas escalafón por antigüedad”.
e) Adicional del cajero: “el personal que se desempeñe en esta categoría (...), percibirá un adicional equivalente al diez por ciento (10%) de su sueldo básico mas escalafón por antigüedad”.
f) Adicional por tareas administrativas y de perfumería: “Todo personal que se desempeñe en una de estas categorías (...) y certifique una antigüedad mayor a cinco (5) años en la misma farmacia cumpliendo las tareas especificas de las categorías mencionadas, percibirán un adicional equivalente al diez por ciento (10%) de su sueldo básico mas escalafón por antigüedad”
Actualmente, para estos adicionales, solo se toma el salario básico, en lugar de tomar el salario básico mas el escalafón por antigüedad para hacer el calculo correcto.

Juan Pablo Juarez: delegado electo

Juan Pablo Juárez

Delegado electo por el voto de los compañeros de la sucursal Once de Farmacity (01/06/09)

Se agradece, considerablemente, a todos los trabajadores el voto de confianza depositado el 1º de junio pasado ya que representa un gran paso para lograr las reivindicaciones socio-laborales negadas durante años en esta empresa. También se quiere destacar la voluntad de todas aquellas personas que por diferentes razones (cambio de horarios, retraso imprevisto del comienzo de las elecciones, problemas personales, etc.) no pudieron hacerlo pero sabemos de su compromiso con el interés colectivo, la solidaridad y la organización.
Después de mas de 2 años de intensa lucha y de sortear difíciles obstáculos, se ha logrado, aunque mas no sea en una escala menor, los valores de la libre asociación, la libertad sindical y la democracia, importantísimos en una Sociedad de Derecho, ya que permite tener la esperanza de elevar la dignidad del trabajador a lo mas alto (y la de su familia).
Dejamos en claro que todos nuestros esfuerzos estarán direccionados en este sentido y esperamos que esto sea un claro ejemplo a imitar en las restantes sucursales de la compañía, para la cual pondremos nuestra capacidad y dedicación para que así sea.

Desde la mayor humildad
Juan Pablo Juárez
Delegado por ADEF

Juan Pablo Juarez: Candidato a delegado en Farmacity

Volante entregado en el local de Once, Pueyrredón 539

Juan Pablo Juárez:
Candidato a delegado de la sucursal Once de Farmacity (Pueyrredón 539)

Para terminar con mas de 10 años de políticas hegemónicas empresariales en contra de los trabajadores de Farmacity, reivindicamos los siguientes derechos:

1) El pago al 100% por hora trabajada a todo empleados que se desempeñe en el horario nocturno, computándose la misma a partir de la 21 hs.
2) El pago de los días feriados que se hace calculando el sueldo bruto divido 25 días trabajados.
3) El pago de horas extras a todos los empleados de Farmcity SA proponiendo un sistema electrónico de fichadas: de lunes a viernes al 50%, sábados, domingos y feriados al 100%, además del pago del presentismo.
4) Reducción de la jornada laboral de la mujer, ya que nuestro Convenio Colectivo N º 414/05 (Art. 26) establece que el horario de descanso destinado a la misma debe computarse dentro de la jornada laboral, lo que significaría que la mujer trabajadora desempeñaría funciones solo 7 horas y 30 minutos por día .
5) El pago del 20% sobre el salario básico a todo empleado de farmacia con mas de 2 años de antigüedad que posea el titulo de "Auxiliar de farmacia", y a todo empleado especializado de farmacia que posea igual titulo en la Institución de ADEF .
6) El Pago de fallo de caja por el uso y manejo de la caja de Pago Fácil.
7) El Pago de fallo de caja para los asistentes por el uso y manejo de la caja fuerte .
8) El pago adicional un DT. y/o auxiliar que exponga su titulo y desempeñe funciones en otra farmacia de la cadena según lo que indique el registro de Salud Pública sobre el horario de los Farmacéuticos .
9) El pago del 10% sobre el salario básico de cosmetólogas y administrativos/as que se hayan desempeñado en sus funciones con una antigüedad de 5 años.
.10) Traspaso de categoría de "Empleado de farmacia" a "Empleado Especializado de Farmacia" a todo personal de farmacia que se haya desempeñando en sus funciones durante 5 años en la empresa o tenga aprobado el 2 ª año de la carrera de Farmacia.
11) Que el adicional del items "a cuenta a Futuros Aumentos" no absorba los aumentos dados por antigüedad, por traspaso de categoría, los decretados por ley u otros aumentos que establezca el Convenio Colectivo de Trabajo.
12) Evitar cualquier intento de abuso por parte de Farmcity S.A. o el nivel jerárquico, hacia los empleados .

Para conseguir todos estos derechos reconocidos en las leyes laborales argentinas, leyes internacionales y en los tratados de Derechos Humanos que se citan al respecto, se apostara al dialogo con los directivos o responsables de la empresa. Si por la intransigencia de la misma (esperamos que haya recapacitado sobre su actitud) no se pueda canalizar los reclamos por esta vía, que creemos es la mas adecuada, se recurrirá a los procedimientos administrativos frente al Ministerio de Trabajo de la Nación para que intervenga (denuncia de por medio), sancione y haga cumplir estos reclamos.
En caso de que también sea infructuoso este paso, se realizara las acciones judiciales pertinentes, lo que permitira a cada empleado, gozar plenamente de estas reivindicaciones, con derecho a retroactivo de hasta 2 años anteriores a la fecha y podra , individualmente, accionar legalmente.
Esperamos conseguir junto a la Asociación de Empleados de Farmacia, la mayoría de estos beneficios para todos y cada uno de los empleados de Farmacity, no importando la función que realice o el cargo jerrarquico que desempeñe. Parece que la empresa tiene un interés muy especial en que Juan Pablo Juárez no sea delegado gremial y utiliza métodos sucios, represivos y autoritarios subestimando a los trabajadores de la sucursal Once para llegar a sus objetivos inescrupulosos.
Estamos al tanto de su vil estrategia, pero también sabemos del alto grado de conciencia que se ha logrado y la organización que pudimos realizar
.


No podran impedir que Juan Pablo Juárez sea el delegado de los trabajadores de Farmacity.
Con repudiables métodos totalitarios y, semejantes a los utilizados en otras épocas nefastas de la Historia Argentina, Farmacity trata de amedrentar a sus empleados para que abandonen sus reclamos por condiciones dignas de trabajo y salarios, tales como jornada laboral de 8 horas, el pago de horas extras y feriados, el pago de horas nocturnas, entre tantas otras.
Amenazas, presiones, postulaciones forzadas para delegados "patronales", todo vale para Farmacity a la hora de tratar de impedir que sus trabajadores elijan a sus genuinos representantes gremiales para defender sus justos derechos ya que esto significaría saldar una vieja deuda que tiene la empresa con sus de trabajadores debido a que, desde su apertura, la sucursal Once (Pueyrredón 539) carece de representación gremial (delegados), al igual que el 90% de las restantes sucursales de Farmacity.
La empresa debe reconocer el derecho de sus trabajadores a asociarse libremente para la defensa y promoción de sus intereses ya que esta es fundamental para la realización de los ideales democráticos, tal como lo expresa la "Carta Interamericana de Derechos Humanos" (2001) a la cual el Estado Argentino adhiere y nosotros los trabajadores, estamos dispuestos a luchar y a recurrir a todos los medios necesarios para conseguir estos propósitos.
No nos oponemos al crecimiento y desarrollo de la empresa, ya que es esta nuestra fuente de trabajo e ingresos, pero consideramos que dicho crecimiento (y aperturas de locales) no debe ser financiado mediante el incumplimientos de nuestros derechos que conlleva al avasallamiento del salario del trabajador. Estamos a favor de nuestros derechos, no en contra de la empresa.

A saber: Farmacity es un Grupo Economico (perteneciente al fondo Pegasus) que lo integran también Musimundo, Aroma Café, Freddo, el Banco Merrill Lynch de EE.UU., entre otros, y tiene como principales accionistas al presidente de Mc Donald `s y al ex Presidente de Fargo. La facturación anual solamente de Farmacity, alcanza aproximadamente la módica suma de 1,500 millones de pesos.
¿Sabia usted, que tras el estallido de la crisis mundial, el negocio farmacéutico no solo no lo afecto la crisis, sino que por el contrario, aumentaron sus ventas? (Fuente Diario Clarín)

Buscamos la democracia, libertad sindical y la dignidad del trabajador

"El primer paso para el progreso de un pueblo, es el descontento"


El Cuerpo de Empleados de Farmacity

sábado, 2 de mayo de 2009

Fecha de votacion para delgadados en Farmacity

Por la democracia sindical en Farmacity y el pleno goce de los derechos de los trabajadores y sus reivindicaciones



1 º de junio de 2009


Elecciones a delegado en la sucursal Once de Farmacity
(Pueyrredón 539)


Horario de votación:

de 15,15 hs a 16,15 hs

martes, 7 de abril de 2009

Elecciones a delegado en Farmacity

Panfleto entregado en el local de Once (17), Pueyrredón 539

Elecciones a delegado en la sucursal Once


Dentro de muy poco, se procederá a realizar ELECCIONES A DELEGADO en la sucursal de Once (Pueyrredón 539), en las cuales será firme y ¿único? candidato JUAN PABLO JUÁREZ.
Es importante destacar que este local, desde su apertura, careció de representación gremial alguna (delegado) y alrededor de 80 locales sigue aun sin tenerla aunque nuestro Convenio Colectivo de Trabajo establezca, como mínimo, un delegado por sucursal. Después de mucho tiempo y esfuerzo se obtiene este importantisimo avance en todo lo referente al efectivo cumplimiento del Convenio Colectivo, siendo las elecciones a delegados un paso trascendental para el posterior reclamo de todas las reivindicaciones, que se expresaron en la carta anterior y que involucran a todos los trabajadores de Farmacity.
Desde nuestra mayor humildad, creemos que Juan Pablo Juárez debe ser elegido delegado de la sucursal Once ya que ha demostrado no solo cualidades como capacidad de liderazgo, coraje e inteligencia sino que tambien ha reflotado valores morales y éticos como credibilidad, honestidad y humildad , atributos fundamentales a la hora de transitar este duro camino colectivo para exigir el bienestar del conjunto de los trabajadores, donde la tentación del dinero y ciertos beneficios personales son moneda corriente.
Por todo lo expuesto hasta aquí, estamos convencidos de que Juan Pablo Juárez debe ser el delegado electo, ya que fue el unico capaz, junto con otros compañeros, de forzar esta situación y traer al conjunto de trabajadores la esperanza de mejorar día a día las condiciones laborales dentro de la empresa.
Recurrimos al juicio y plena capacidad de cada uno de ustedes para votar con conciencia, ayudando de esta manera simple a CONTRIBUIR al fin ultimo que es el efectivo cumplimiento del Convenio Colectivo de Trabajo.

· Como son las elecciones un delegado?

El procedimiento es similar a la de una elección presidencial. Se vota en un "cuarto oscuro", donde el votante en total soledad y con toda tranquilidad elige al candidato. El voto es secreto y la persona no recibira ningún tipo de presiones externas. Al finalizar el día se hace el recuento de votos y aquel que haya sacado mayor cantidad es el delegado electo que desempeñara funciones en la sucursal. Así fue siempre y así se hizo en las elecciones de delegado en el CDF-Av. Del Campo, donde los delegados de los trabajadores obtuvieron un apabullante triunfo.

· Cual es la función y para qué sirve un delegado?

En principio para que todos los reclamos laborales y reivindicaciones, la pueda realizar el delegado en representación de todos los trabajadores, dentro del marco de la ley. Se pasa de un reclamo individual a un reclamo colectivo, donde este puede actuar, como dijimos anteriormente, en representación del conjunto (sin excepción) para que ningún trabajador individualmente se exponga frente a la empresa y así evitar cualquier tipo de represalias "disciplinarias" hacia los empleados. Para hacer efectivos estos reclamos el delegado puede recurrir a distintos procedimientos administrativos, gremiales y/o judiciales desde una posición legal y con fortaleza. Además el representante gremial obtiene lo que se denomina "inmunidad gremial", esto es, que bajo ningún concepto, excepto una infracción grave, puede ser despedido, lo que le permite realizar su actividad gremial (reivindicaciones, reclamos laborales, medidas de fuerza y acción directa, etc) con total tranquilidad dentro del marco jurídico vigente. A partir de este acto se expresarán, y se hará todo lo posible para ello, notables mejoras laborales para todos los trabajadores de Farmacity.
Un paso mas para elevar a lo mas alto la calidad de trabajo y de vida del trabajador y su familia. Entendemos qué se debe priorizar al ser humano por encima del Capital y la Economía.
Desde ya, muchas gracias por la colaboración de todos. Atentamente:


Juan Pablo Juárez: 15-5829-0348
Pablo Jesús Juárez: 15-5124-6118

miércoles, 18 de marzo de 2009

Reincorporacion a Farmacity de Juan Pablo Juarez

Volante repartido en todas las sucursales de Farmacity de Capital Federal

Logramos la reincorporación a Farmacity de Juan Pablo Juárez

Gracias a la perseverancia, dedicación y esfuerzo de los trabajadores de Farmacity y de sus representantes legales (Maria Alicia Calvinho, Adriana Legris y Andrea Forgueras), Juan Pablo Juárez logro obtener la reinstalación de su puesto de trabajo, lo que implica la reasignación de tareas (asistente de gerente de local) y la preservación del lugar físico de trabajo donde desempeñaba dichas tareas (sucursal Once) respetando sus beneficios sociales y su antigüedad además de recibir una compensación monetaria en concepto de daños y perjuicios desde la fecha del despido hasta la fecha de reincorporación.
En un fallo inédito dentro del rubro farmacia y muy poco usual en el ámbito laboral, la jueza Beatriz I. Fontana de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, dispuso la reinstalación de Juan Pablo Juárez en su puesto de trabajo, despojado del mismo por llevar a cabo, junto a otro grupo de empleados, reivindicaciones de índole gremial, asumiendo así la empresa una actitud persecutoria y discriminatoria contra ellos.
Este hecho ocurrido en el mes de abril del año 2007 tuvo como factor desencadenante a la redacción y posterior distribución, por parte de estos empleados, de una carta a cada una de las 72 sucursales que en ese momento poseía Farmacity, cuyo contenido no sólo denunciaba el incumplimiento deliberado del Convenio Colectivo de Trabajo por parte de la firma, sino que también expresaba una línea de pensamiento que concebía, y concibe, al trabajador como sujeto activo en el proceso de conformación y protección de sus derechos.
Siguiendo esta línea se procede a llevar a cabo conversaciones con los directivos de la empresa, abordadas en la reunión realizada en la sucursal situada en Santa Fe y Agüero –casa central-, de los cuales no sólo se obtuvieron respuestas insatisfactorias y muy alejadas de la realidad económica de la empresa (ver “Merrill Lynch…”), tales como “la empresa no está en condiciones de cumplir con las peticiones que figuran en la carta”, con respecto a nuestros reclamos, sino que el trato recibido de parte de dichos directivos hizo que se rompieran ciertos canales de diálogo que nos hubieran llevado por otro camino menos confrontativo. Habida cuenta de ello son los despidos injustificados, o mejor dicho, justificados sobre la base de la persecución, discriminación y censura, que posteriormente lleva a cabo Farmacity como forma de represalia hacia aquellos trabajadores. A consecuencia de ello se convoca, en forma escrita mediante carta, a todos los empleados a concurrir el viernes 13 de abril (fecha simbolica y representativa para el trabajador por ser el “Dia del Empleado de Farmacia”) a una manifestación para expresarnos a favor de nuestros derechos, pero dejando en claro que dicha accion no tiene como objetivo alguno perjudicar la imagen de la empresa.
Ese mismo viernes mientras se desarrollaba el acto, los trabajadores ejercen su derecho constitucional de huelga, ocupando de forma pacifica la sucursal ubicada en la calle Corrientes 4647, barrio de Almagro, teniendo lugar dicha acción hasta el día sábado 14 de abril, día en que, aproximadamente a las 13 hs., Policía Federal junto a la Guardia de Infantería desalojan del lugar, represión de por medio, a los trabajadores que sostenían la ocupación, quedándose éstos, fielmente, en las inmediaciones del lugar.
En la semana que prosigue a estos hechos, se llevan a cabo las negociaciones en el Ministerio de Trabajo (en las que participaron directivos y representantes legales de la empresa, el sindicato A.D.E.F. y los trabajadores involucrados) con el objetivo no sólo de lograr la reincorporación de los compañeros injustamente despedidos, sino también el efectivo cumplimiento del Convenio Colectivo de Trabajo, que al fin y al cabo fue el desencadenante de toda la disputa. No habiendo superado en dicha instancia los problemas suscitados a raíz de dichos incumplimientos sobre todo por la intransigencia e incoherencia que caracterizó a Farmacity a lo largo de todo el conflicto y, habiendo perdido toda posibilidad de acceso al diálogo, los trabajadores perjudicados proceden a realizar las acciones legales correspondientes para que en, definitiva, se dirima en la justicia la validez o no de la tan ansiada reincorporación. Reincorporación lograda por Juan Pablo Juárez luego de 2 años de ardua lucha, y que el resto de los trabajadores aún sigue peleando, entre ellos su hermano mellizo, Pablo Jesús Juárez, Matías Repetti y Cesar Ramírez
No queremos olvidar el papel decisivo que las mencionadas acciones, entre ellas la ocupación pacifica de la sucursal Panamá, jugaron a lo largo del conflicto presentándose como factor determinante a la hora de exigir y conseguir algunos de los derechos proclamados en la carta, tales como:
-Conseguir para todo el conjunto de empleados de Farmacity (mas de 2500 empleados) el pago por titulo secundario, que representa el 5 % del salario básico.
-Lograr reducir la jornada dominical de asistente de 14 hs a 8 hs.
-Obtener de la empresa el pago de las horas feriados al 100 %, además de haber ayudado a introducir elecciones de delegados en el Centro de Distribución de Farmacity (C.D.F.), rompiendo así con mas de 10 años de ausencia sindical en el mismo.

-Que se Abone el 13 de Abril (dia del Empleado de Farmacia) como feriado con su correcto pago.
Como nota aparte, queremos mencionar que Farmacity abrió en su momento una causa penal contra los trabajadores que realizaron la ocupación de la a mencionada sucursal Panamá por usurpación ilegitima de la propiedad privada. El juez Maria Bunge Campos desestima la demanda aduciendo que la intención de los trabajadores no fue afectar el disfrute de la posesión sino efectuar un reclamo enmarcado dentro del derecho constitucional de huelga, recordando la supremacía jerárquica de aquel sobre éste.
Sabemos que aún falta mucho pero dejamos plasmado aquí nuestro más firme compromiso con todo aquello que signifique dignificar el trabajo de todos nuestros compañeros.
Debemos convencer a aquellos que detentan la propiedad privada de los medios de producción, mediante el arte de la persuasión, que el trabajador no debe de ser considerado como un costo o un gasto más en la cadena de producción, como aquello que debe ser reducido a como dé lugar para maximizar los beneficios o la rentabilidad de los accionistas, vilipendiando salarios, y hacerles entender que el trabajo humano es un factor de mucha significación en el valor agregado de los productos que ellos comercializan.
Todos nuestros esfuerzos deben estar orientados al objetivo primordial de exigir que se cumpla cada uno de los derechos que figuran en nuestro Convenio Colectivo, resultando necesario para ello la unidad del pueblo trabajador y tomando las medidas que estén a nuestro alcance para conseguir tales derechos. A saber:





  1. El pago al 100 % por hora trabajada a todo empleado que se desempeñe en el horario nocturno, computándose las mismas a partir de la 21 hs.

  2. Categorización de estudiantes de farmacia que estén o hayan cursado más de las 2/3 partes de la carrera de farmacia.

  3. El pago del 20% sobre el salario básico a todo empleado de farmacia con mas de dos años de antigüedad que posea titulo de auxiliar de farmacia y todo empleado especializado de farmacia que posea igual titulo.

  4. El pago de fallo de caja por el uso y manejo de la caja “Pago Fácil”

  5. El pago de fallo de caja a asistentes por el manejo de la caja fuerte.

  6. El pago adicional a D.T. que bloqueen su titulo en otra farmacia de la cadena en la cual no estén desempeñando funciones.

  7. El pago de horas extras a todos los empleados de Farmacity S.A. proponiendo un sistema electrónico de fichadas: lunes a viernes al 50 %, sábados, domingos y feriados al 100 %, además del pago del presentismo.

  8. Respetar el “Día del Empleados de Farmacia” y tomarlo como feriado con el respectivo pago que hace referencia el punto 1.

  9. Obligar a los empleadores a cobrar los medicamentos al costo de compra de droguería a las personas que estén bajo su dependencia cuando éstos tuvieren a cargo familiares directos.



Sin olvidar, por supuesto, todas aquellas mejoras salariales y/o beneficios sociales que permitan: mejorar el ambiente laboral en el cual se desempeña el trabajador, evitando así cualquier posible abuso por parte de la empresa, recomponer de manera significativa nuestro poder adquisitivo (salario real),obtener el sábado ingles, horas dominicales al 100% y muchas otras que por falta de espacio no vamos a enumerar.
Para mas detalles de lo sucedido aquellos días, pueden consultar el blog creado por esta agrupación de empleados con el objetivo de mantenerlos al tanto de cada novedad que vayan surgiendo, comprometiéndonos de mantenerlo actualizado semana a semana. Dejamos también nuestros teléfonos y dirección de mail para todo aquel que quiera sumarse o le surjan algunas dudas sobre su situación laboral.



Pagina: www.farmacity-en-lucha.blogspot.com

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El Cuerpo de Empleados de Farmacity

domingo, 15 de marzo de 2009

Ministerio de Trabajo "Conflicto Abril 2007"

Expediente realizado por el Ministerio de Trabajo en los dias de abril de 2007

Resumen de las Audiencias llevadas a cabo en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad social en el cual participaron Trabajadores, Sindicato y representantes de Farmacity (expediente nª 1.215.361/07)


Se realizo en la Ciudad de Buenos Aires, en los dias de Abril del 2007, las reunines para superar el conflicto, en los cuales estuvieron presentes:
Miguel A. Alioto (Secretario de Conciliacion), la Asociacion de Empleados de Farmacia ADEF (Alfredo Ferraresi - Secretario General; Victor Carricarte - Secretario Adjunto), Empresa Farmacity (Pablo Sartan - Gerente de RR.HH.; Guillermo Bustos - Gerente General; Jose L. Zapata y Agustin Siboldi - Abogados) y los Trabajadores de Farmacity (Juan P. Juarez; Pablo J. Juarez; Cesar Ramirez; Gustavo Lopez).
Alli se llevaron a cabo las negociaciones; con todos los actores intervinientes, para solucionar el conflicto originado, en los dias de Semana Santa de Abril de 2007, por los reclamos laborales de los trabajadores y su respectivo despido por esta causa (persecucion Gremial)
La empresa Farmacity manifiesta que: " que a pesar de los graves hechos ocurridos (ocupacion pacifica de la sucursal PANAMA y el legitimo ejercicio del derecho de huelga de los trabajadores) la empresa esta dispuesta a proponer una reicorporacion condicionada de los empleados, sujeto a los siguientes puntos:

-El personal reincorporado prestara tareas en el deposito de la calle Andonaegui de la Cap. Fed., proximo a inaugurarse, respetando el nivel salarial y la prestacion laboral sera de lunes a viernes.


-Atento a la repercusion que este diferendo ha tenido en el clima interno de trabajo, la toma efectivas de tareas debera concretarse una vez cumplidos 20 dias habiles "

Los trabajadores, cuya representacion fue ejercida por ADEF, rechaza la propuesta por considerarla inexacta, poco seria, las tareas a realizar distarian mucho de las habituales ejercidas en sus respectivos locales, el local se encontraba proximo a inaugurarse, y la reincorporacion deberia ser inmediata; lo cual, los trabajadores solicitan al Ministerio de Trabajo que dicte la Conciliacion Obligatoria, reincorporando con tareas a los empleados despedidos en las mismas condiciones de trabajo.

La Conciliacion Obligatoria permite retrotraer el conflicto a los dias previos de iniciado el mismo, lo cual hubiese significado el regreso de los empleados de Farmacity a sus rspectivos puestos y locales, pero el Ministerio de Trabajo no tomo partida ni dicto resolucion, dejando "cajoneado el expediente". Ello obligo, posteriormente, a los empleados a iniciar acciones legales (representados legalmente por la sra. Maria Alicia Calvinho y la sra. Adriana Alegris) contra Farmacity para conseguir la reincorporacion a sus lugares de trabajo, lo cual en el fallo de Diciembre de 2008 lo lograron a traves de la Camara de Apelaciones en lo Laboral (Jueza Beatriz I. Fontana)
En este fallo quedo claro que el derecho a huelga puede ser ejercido por cualquier trabajador independientemente si se encuentra sindicalizado o no. Ademas puso un coto a los despidos discriminatorios debido a las actividades gremiales de los trabajadores (tomando dicho concepto en su sentido mas amplio). Este es un fallo historico dentro del ambito de Farmacia, lo cual va a permitir que los trabajadores se organicen libremente, sin ningun temor, para reivindicar sus justos derechos. Muy pronto se veran mas resultados relacionados con mejoras laborales, teniendo a la vanguardia al Cuerpo de Empleados de Farmacity.



Terminando, se quiere agradecer a las personas que colaboraron en la organizacion del "Cuerpo de Empleados" y a aquellos trabajadores que nos apoyaron en la instancia judicial por la reincorporacion (jucio laboral). Cada uno sabe el rol que jugo, tanto a favor como en contra.

Sin mas, atentamente. El Cuerpo de Empleados de Farmacity

Fallo de la Corte Suprema

Diario Clarin Noviembre 2008

Fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre la Libertad Sindical

Fallo de la Corte, sin alarmas. (por Hector O. Garcia, asesor legal de la CTA y profesor de la UBA)


En el reciente fallo "ATE" la Corte Suprema aplico la Constitucion. en primer lugar, el art. 14 bis, que garantiza la organizacion sindical "libre" a condicion de que sea "democratica". Los solidos fundamentos de la sentencia verificanque ninguna de estas dos condiciones se cumple en el sistema de representacion monopolica de la ley 23.551, cuyo desajuste con las normas de jerarquia superior habian señalado la doctrina y los organos internacionales de control de la libertad sindical.
La baja presencia de delegados en los lugares de trabajo (12%, segun informes oficiales) demuestra que tampoco es suficiente.
(...) En todo de acuerdo con la Constitucion y los principios de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT), el fallo refuerza la democracia sindical y la libertad de organizacion colectiva, que comienza desde la base y no puede se obturada desde las cupulas ni por los empleadores.
Sus efectos no deberian generar alarma, dado que no promueven el debilitamiento de los sindicatos ni el caos de la representacion en los centros de trabajo. La declaracion de inconstitucionalidad del art. 41 de la ley 23.551 termina con la exclusividad del sindicato con personeria gremial para convocar a elecciones de delegados a las cuales solo podian postularse sus afiliados.
(...) Esto crea expectativas de que la representacion gremial sera mas democratica y eficiente en la defensa de los derechos de los trabajadores